Seguros

Las aseguradoras indemnizarán los daños por incendios con el límite pactado en el contrato

- Quienes se queden sin casa pueden tener en su seguro de hogar la cobertura de inhabitabilidad para tener un alojamiento temporal

- Los comercios tendrían cubierta la pérdida de beneficios si lo recoge su póliza y tienen un daño directo

- Para los terrenos agrícolas y ganaderos afectados, desde Unespa aclaran que no hay urgencia para enviar el parte

MADRID
SERVIMEDIA

La patronal de las aseguradoras Unespa explicó este lunes que se indemnizará a los asegurados afectados por los incendios con una cuantía que no superará en ningún caso el valor del bien destruido o el límite fijado en el contrato, el llamado capital asegurado o suma asegurada.

Portavoces de Unespa explicaron las aseguradoras cubren los daños causados por incendios y no son eventos que cubra el Consorcio de Compensación de Seguros (CCS).

Los seguros de multirriesgos (vivienda, comunidad de propietarios, comercio e industrias) incluyen la cobertura frente a incendio y los derivados por el humo. Además, se cubren los gastos producidos por la extinción del fuego y las tareas posteriores, como la retirada de enseres, el desescombro, la reposición de documentos públicos que se hayan destruidos, etc.

Para atender los daños intervienen varios seguros: el del hogar, para cubrir daños en los cerramientos (puertas, paredes, ventanas) y daños en muebles o electrodomésticos; el seguro de comercio para cubrir lo mismo a las empresas; el seguro de la comunidad de propietarios, que cubre los daños en zonas comunes; el de industrias, que abarca también máquinas y existencias; el del automóvil, en el caso de seguro a todo riesgo, y en el resto hay que consultar; el seguro de vida y accidentes, en caso de que haya fallecidos asegurados; el de responsabilidad civil, en caso de que se determine que exista relación con el inicio y propagación del incendio; y el seguro agrario, cubierto por Agroseguro.

Para quienes desconozcan cuál es su aseguradora, pueden contactar con su mediador habitual o consultar los movimientos en la cuenta corriente para ver qué aseguradora le emite los cargos de la póliza.

Con respecto a la indemnización, desde Unespa aclararon que en el caso de los edificios con varios inmuebles, hay que considerar el capital asegurado de la póliza de la comunidad de propietarios, por un lado, y el que figura en cada uno de los seguros de hogar o comercio de los propietarios de la comunidad, por otro.

Para quienes se quedan sin casa, es posible que los seguros de hogar incluyan cobertura de inhabitabilidad, que supone que la aseguradora proporcionará a los propietarios ayuda para buscar un alojamiento temporal, habitualmente, para unos días. El alcance de esa ayuda dependerá de las condiciones estipuladas en el contrato. Es importante conservar los recibos de los gastos en que se incurra para acreditarlos después.

Igualmente, los propietarios que destinaban su vivienda, local o nave industrial a alquiler y lo tenían así especificado en su contrato de seguro, podrían recibir una indemnización por la pérdida de las rentas en las condiciones estipuladas en el contrato (importe, días…).

EMPRESAS Y EXPLOTACIONES AGRÍCOLAS

Respecto a las empresas, los seguros de comercio o industrias pueden incluir la pérdida de beneficios causados por la paralización de la actividad causada por el incendio. Para activar la cobertura es necesaria la existencia de un daño material directo cubierto por la póliza que, en este caso, es el incendio. La decisión de la autoridad de confinar o desalojar que produzca una paralización de una actividad no estaría cubierta si no existe un daño material directo cubierto por la póliza, salvo la existencia de una cobertura específica para ello.

En cuanto a los daños en producciones agrícolas y ganaderas, estos están cubiertos por Agroseguro. Todos los productores asegurados cuentan con protección frente a este riesgo dentro de la garantía básica de cualquier póliza, tanto por daños en la producción como a la plantación. Asimismo, el seguro agrario también ofrece cobertura de los daños que hayan podido sufrir las cabañas ganaderas aseguradas a causa del fuego. En el caso concreto del cereal, esta protección también se extiende a la producción que se haya podido ver afectada por la creación de cortafuegos preventivos que hayan resultado necesarios.

El productor asegurado cobraría la indemnización correspondiente y en caso de que se determine que el incendio ha sido provocado (y se determine el responsable) se realizarían los trámites pertinentes para que las aseguradoras pudieran recuperar esa indemnización.

Desde Unespa aclararon que no hay urgencia para enviar el parte de siniestro. Una vez se haya sofocado el incendio y se pueda acceder con seguridad a las explotaciones afectadas para comprobar los daños, el agricultor debe contactar con su mediador y comunicar el siniestro a Agroseguro.

(SERVIMEDIA)
27 Jul 2026
MMR/clc