ASUNCION SERA ENCAUSADO POR LA AUDIENCIA DE SEVILLA POR UN PRESUNTO DELITO DE RIGOR EXCESIVO CON PRESOS

-Desistió del recurso de amparo que había interpuesto ante el Tribunal Constitucional

MADRID
SERVIMEDIA

El Tribunal Constitucional ha aceptado la decisión de Antoni Asunción de esistir de un recurso de amparo que había presentado en relación a una causa abierta contra él por el presunto delito rigor innecesario con varios presos peligrosos de la cárcel Sevilla-2, supuestamente cometidos cuando era el máximo responsable de Instituciones Penitenciarias.

Un auto dictado por el Tribunal Constitucional, y hecho público hoy, levanta, en consecuencia, la suspensión del proceso penal abierto por la Audiencia Provincial de Sevilla, que había ordenado el 5 de mayo de 1993, en vísperasde las últimas elecciones generales.

El Alto Tribunal rechaza la imposición del pago de 100.000 pesetas en costas judiciales, solicitada por la acusación tanto para Antoni Asunción como para la otra persona encausada, el ex inspector general de Instituciones Penitenciarias Gerardo Mínguez.

El conflicto se remonta a agosto de 1991, cuando a raíz de los violentos incidentes ocurridos en la cárcel del Puerto de Santa María (Cádiz), en los que un recluso llegó a decapitar a otro, Asunción y Mínguez aordaron un programa de actuación respecto a un gruo de internos, previamente incluido en el Fichero de Internos de Especial Seguimiento (FIES), como un subgrupo de régimen especial.

El escrito de acusación de la Asociación Pro Derechos Humanos aseguraba que los presos incluidos en este programa fueron sometidos a esposamientos prolongados durante varios días y señala que a algunos internos se les inmovilizó en la cama, lo que les obligó a hacer sus necesidades sobre si mismos.

Las penas pedidas pra Asunción son de más de seis años de cárcel, 36 años de inhabilitación, multa de un millón de pesetas e indemnización para cada una de las 13 víctimas, con responsabilidad subsidiaria del Estado.

(SERVIMEDIA)
19 Jul 1994
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