Absolución

La Audiencia absuelve a un hombre acusado de abusar de la hija de su pareja por falta de pruebas

MADRID
SERVIMEDIA

La sección cuarta de la Audiencia Provincial de Pontevedra ha absuelto a un hombre acusado de abusar sexualmente en 2020 de la hija de su pareja al considerar que la declaración de la víctima es "imprecisa" y "contradictoria", y que no cuenta con elementos periféricos que la corroboren.

Según informó este miércoles el Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSJG), los hechos denunciados relataban que el investigado realizaba tocamientos a la joven en numerosas ocasiones cuando ambos estaban en el domicilio familiar o en el coche.

Las magistradas señalan que el testimonio de la denunciante presenta "importantes quiebras en aspectos fundamentales" que afectan a la verosimilitud de su relato, especialmente en la temporalización de los hechos denunciados.

El tribunal destaca que la joven manifestó haber presentado la denuncia en agosto de 2020 tras el último suceso, pero consta documentalmente que la comparecencia ante la Policía Nacional se realizó el 15 de abril de 2021.

CONTRADICCIONES EN EL RELATO

La sala detecta incongruencias en el testimonio, como que la denunciante afirmara no haber vuelto al domicilio familiar tras agosto de 2020, pero luego reconociera haber pasado allí el fin de año de 2020.

Las magistradas también cuestionan que la joven, con 15 años y "suficiente madurez", no se negara a visitar a su madre ni contara nada a su padre, con quien mantenía buena relación, hasta después de presentar la denuncia.

El tribunal considera que los informes periciales sobre el cuadro ansioso-depresivo que presenta la denunciante no sirven como prueba para fundamentar una condena, ya que esta sintomatología "puede tener un origen muy diverso".

FALTA DE CORROBORACIÓN

La sentencia subraya que el testimonio sobre unos supuestos tocamientos dentro del coche ocurridos en un lugar público no fue corroborado por ningún testigo, pese a que, según la denunciante, había un amigo de su madre presente.

Las magistradas recuerdan que la jurisprudencia exige que la declaración de la víctima presente persistencia en la incriminación y verosimilitud, requisitos que no se cumplen en este caso por las contradicciones detectadas.

El tribunal concluye que no existe prueba de cargo suficiente para desvirtuar la presunción de inocencia que ampara al acusado, por lo que procede su absolución del delito de abusos sexuales continuados.

La sentencia, que no es firme y puede ser recurrida ante el TSXG, deja sin efecto la orden de protección acordada y declara de oficio las costas causadas en el procedimiento.

(SERVIMEDIA)
10 Sep 2025
NBC/mjg