MATRIMONIO GAY

LA AUDIENCIA NACIONAL DENIEGA EL ASILO A UN ISLAMISTA

MADRID
SERVIMEDIA

La Audiencia Nacional ha dictado una sentencia por la que deniega el asilo a un miembro de la organización de ideología islamista An Nahdha (Renacimiento), que, según el Centro Nacional de Inteligencia (CNI) está vinculada con la red de Al Qaeda, liderada por Osama Bin Laden, y su presencia en España supone "un peligro" para la seguridad del Estado.

La sentencia, dictada por la Sala de lo Contencioso- Administrativo de la Audiencia Nacional, confirma la resolución dictada en junio de 2003 por el Ministerio del Interior, que denegaba la solicitud de asilo a Hamed B.A.H.

El Ministerio del Interior denegó el asilo a Hamed B.A.H. por considerar que "existen razones fundadas para considerar que el solicitante constituye un peligro para la seguridad del Estado español, según constata en su informe el Centro Nacional de Inteligencia (CNI)".

Según se reseña en la sentencia, "se constata la pertenencia del solicitante a la organización de ideología islamista An Nahdha, cuyo objetivo es instaurar en Túnez un régimen islamista regido por una interpretación extremista de la ley coránica".

Asimismo, los magistrados recuerdan que, según una nota informativa del CNI en la que luego se sustentó el informe del instructor del expediente de asilo, el colectivo "An Nahdha", al que pertenece Hamed B.A.H., "es una organización terrorista afiliada a la yihad internacional liderada por Usama Bin Laden".

La nota del CNI, añaden los magistrados, también indica que"su presencia en España responde a una estrategia de la dirección de la organización para impulsar la creación de una infraestructura sólida en nuestro país".

TARDANZA

La Audiencia Nacional reprocha la tardanza en resolver la solicitud de asilo, presentada en 1996 y contestada en 2003, teniendo en cuenta las afirmaciones del CNI.

"Aunque el informe del instructor trata de justificar esa tardanza por la necesidad de recabar una completa información, en concreto la de la Embajada de España en Siria y la del CNI, tales explicaciones nos parecen insuficientes", dicen.

Los magistrados hacen referencia a una sentencia del Tribunal Supremo, por la que se concedía el asilo a otro miembro de "An Nahdha", Ridha E.B., con quien tuvo relación Hamed B.A.H.

Según un informe del CNI, Hamed B.A.H. asistió a una reunión en la casa de aquél, que estuvo presidida por un miembro del comité central de "An Nahdha", Daoud S., que impartió instrucciones para la preparación del congreso anual de la organización.

Los magistrados señalan que la decisión jurisdiccional por la que otorgó el asilo a Ridha E.B., "se adoptó sin que en el proceso hubiesen sido objeto de alegación ni de debate" los datos acerca de las características y actividades de la organización islamista "An Nahdha".

"Esa información de la que ahora se dispone podría ser utilizada como base para iniciar un procedimiento de revisión o revocación del estatuto de refugiado que en aquellas sentencias se reconoció a favor del mencionado Ridha E.B.", concluye.

(SERVIMEDIA)
20 Mayo 2005
VBR