LOS AUTONOMOS COBRARAN DESDE MAÑANA LA PRESTACION POR ENFERMEDAD COMUN A PARTIR DEL CUARTO DIA DE BAJA
- La cobertura por accidente de trabajo entrará en vigor el 1 de eneo
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Mañana entrará en vigor la normativa por la que se amplía la prestación de incapacidad temporal por contingencias comunes a los trabajadores autónomos.
De esta forma, a partir de mañana los autónomos podrán percibir la prestación de incapacidad temporal por contingencias comunes desde el cuarto día, sin esperar al decimosexto, como ocurría hasta ahora. La cuantía de la prestación será del 60% de la base reguladora del cuarto al vigésimo día, y del 75% a partir de ea fecha y hasta el alta.
Por su parte, la cobertura por accidente de trabajo o enfermedad profesional, a la que acceden los autónomos por vez primera, entrará en vigor el 1 de enero. La cuantía de la prestación será del 75% de la base reguladora.
La puesta en marcha de estas medidas son consecuencia del desarrollo del decreto de medidas económicas aprobado por el Gobierno el pasado 25 de abril.
(SERVIMEDIA)
31 Oct 2003
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