Igualdad
El BOE publica el cambio en las subvenciones de Igualdad que obliga a entidades solicitantes a asumir el enfoque abolicionista de la prostitución
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El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este martes la orden por la que se modifican las bases reguladoras de las subvenciones del Ministerio de Igualdad para programas contra la violencia contra las mujeres, introduciendo así el cambio en los requisitos para las entidades solicitantes, que deben reconocer la prostitución como una forma de violencia contra las mujeres y recogerlo como objetivo en sus estatutos.
Esta modificación generó polémica entre organizaciones feministas y enfrentamiento político al considerar que Igualdad busca alinear a las entidades solicitantes de subvenciones con su enfoque abolicionista sobre la prostitución.
Además, este cambio ha motivado también iniciativas parlamentarias que denuncian una posible imposición “ideológica” en el acceso a fondos públicos como, por ejemplo, una moción del Partido Popular en el Senado que se debatirá mañana en la Comisión de Igualdad de la Cámara Alta con la que se pide retirar este nuevo criterio y no “utilizar” las subvenciones como herramienta ideológica.
Este cambio de requisito se refleja en la modificación del artículo 3 de las bases reguladoras de las subvenciones de Igualdad. Según recoge el texto de la orden publicado en el BOE, se exige a las entidades solicitantes de los fondos que incluyan en sus estatutos, o acrediten mediante experiencia previa, el reconocimiento expreso de la prostitución, la explotación sexual y la gestación por subrogación como formas de violencia contra las mujeres.
Asimismo, se pide que presenten una declaración responsable de cumplimiento de las obligaciones de diligencia debida previstas en la Ley de libertad sexual, que dispongan de un plan de igualdad, en el caso de entidades con más de 50 personas trabajadoras, y que garanticen que los proyectos para los que piden financiación estén alineados con la concienciación, prevención o investigación de todas las formas de violencia contra las mujeres, incluidas las citadas.
Esta nueva orden también introduce cambios en la evaluación y concesión de las ayudas, centrados en el procedimiento. En concreto, se actualizan los criterios de evaluación, con un máximo de 100 puntos y un mínimo de 45 para acceder a la financiación.
Así, se refuerza la valoración de la calidad técnica del proyecto que se financiaría, la innovación, el impacto territorial, la atención a colectivos vulnerables, la cofinanciación y el trabajo en red; se modifica la fórmula de cálculo del importe de las subvenciones en función de la puntuación obtenida, y se refuerza la Comisión de Valoración, con la posibilidad de contar con un panel de personas expertas.
Las subvenciones se seguirán concediendo en régimen de concurrencia competitiva y esta modificación entrará en vigor mañana, el día siguiente de su publicación en el BOE. Además, las convocatorias previas a la entrada en vigor de esta orden se regirán por la normativa anterior.
(SERVIMEDIA)
28 Abr 2026
AGG/gja


