Sanidad

El BOE publica la nueva Orden de Precios de Referencia de Sanidad, que supondrá un ahorro superior a los 287 millones de euros

MADRID
SERVIMEDIA

El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó este lunes la Orden del Ministerio de Sanidad por la que se procede a la actualización en 2025 del sistema de precios de referencia de los medicamentos en el Sistema Nacional de Salud (SNS). En total, revisa los precios de 17.385 presentaciones de medicamentos, de las cuales 13.871 están dispensables en farmacia y 3.514, en hospital.

Así lo precisó el gabinete de Mónica García en un comunicado en el que explicó que la nueva Orden de Precios de Referencia producirá un ahorro estimado de 287,58 millones de euros, de los cuales 57,17 millones de euros en medicamentos hospitalarios y 230,41 millones de euros en medicamentos dispensados en oficinas de farmacia.

Además, crea 14 nuevos conjuntos de presentaciones de medicamentos que se dispensan en oficinas de farmacia y 12 conjuntos de presentaciones de medicamentos de ámbito hospitalario y revisa los precios de referencia de los conjuntos ya existentes y que corresponden a 451 de medicamentos dispensables en oficinas de farmacia y 259 de ámbito hospitalario.

En paralelo, también suprime 35 conjuntos de presentaciones de medicamentos, 14 en farmacia y 21 en hospital.

La última actualización de los conjuntos de referencia de medicamentos y de sus precios de referencia se produjo por la Orden SND/1074/2024, de 2 de octubre, por la que se procedió a la actualización en 2024 del sistema de precios de referencia de medicamentos en el Sistema Nacional de Salud.

ACTUALIZACIÓN ANUAL

A través de la nueva Orden, se procede a la actualización anual, con la determinación de los nuevos conjuntos y sus precios de referencia, de la revisión de los precios de referencia fijados anteriormente y de la supresión de los conjuntos que hayan dejado de cumplir los requisitos exigidos para su establecimiento.

Sanidad explicó que el precio de referencia de los conjuntos se calcula en base al menor coste por tratamiento y día de las presentaciones incluidas en cada uno y que, para garantizar el abastecimiento de determinados medicamentos y su permanencia en la prestación farmacéutica del SNS, se han articulado mecanismos “excepcionales” a la regla general de cálculo.

El Precio de Referencia Ponderado se aplica a las presentaciones con dosificaciones especiales, enfermedades graves o cuyos precios han sido revisados en los últimos dos años por falta de rentabilidad por la Comisión Interministerial de Precios de los Medicamentos.

Por su parte, el Precio de Referencia Mínimo de cada presentación se ha fijado en 1,60 euros y, por último, la No Revisión de Precios de Medicamentos se ha aplicado a medicamentos considerados esenciales por la Organización Mundial de la Salud (OMS) porque cubren necesidades sanitarias "prioritarias" de la población y deben estar disponibles "en todo momento", según Sanidad, que matizó que esta medida afecta a 38 conjuntos de referencia y, en concreto, a 338 presentaciones.

PLAZOS DE APLICACIÓN

En cuanto a plazos de aplicación, los laboratorios suministrarán los medicamentos a su nuevo precio industrial de referencia a partir del día siguiente de la publicación de la Orden en el BOE.

Por su parte, los distribuidores mantendrán el precio de venta del distribuidor anterior a esta reducción durante un plazo de 20 días naturales.

Por último, las oficinas de farmacia dispensarán al precio de venta al público anterior a esta reducción hasta el último día del primer mes siguiente a la fecha de aplicación de la Orden, es decir, hasta el 30 de noviembre de 2025.

En paralelo, se liquidarán con los nuevos precios las facturaciones de recetas oficiales al Sistema Nacional de Salud, incluidas las correspondientes a las Mutualidades de funcionarios, cerradas a partir del 1 de diciembre de 2025.

El SPR de medicamentos es una herramienta de control del gasto farmacéutico, “esencial”, según Sanidad, para la sostenibilidad del SNS, regulado actualmente en el artículo 98 del texto refundido de la Ley de Garantías y Uso Racional de los Medicamentos y Productos Sanitarios, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2015, de 24 de julio, y en el Real Decreto 177/2014, de 21 de marzo.

“Este desarrollo permite hacer efectivo el mandato legal de establecer, con periodicidad anual, los nuevos conjuntos de referencia de medicamentos, así como proceder a la revisión de los precios de referencia de los conjuntos ya existentes”, resolvió.

(SERVIMEDIA)
13 Oct 2025
MJR/gja