LOS CAMIONES CON MERCANCIAS PELIGROSAS NO PODRAN ATRAVESAR CIUDADES Y DEBERAN CIRCULAR POR AUTOVIA SI EXISTE ALTERNATIVA
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Los camiones que transportan mercancías peligrosas no podrán atravesar ciudade, si no es para cargar/descargar en ellas o porque no hay circunvalación, y deberán circular por autovía/autopista cuando exista esta alternativa, según el nuevo reglamento de transporte de mercancías peligrosas que aprobó hoy el Consejo de Ministros.
Esta normativa, que incluye las correspondientes adaptaciones al Derecho comunitario, crea la figura del "auxiliar en el proceso carga-transporte-descarga.
El auxiliar es, según especifica el nuevo reglamento, "quien presta los servicios de intermedación en la contratación o en otros servicios complementarios definidos en la Ley de Ordenación de los Transportes terrestres".
Además, el expedidor, responsable de despachar el cargamento, deberá acreditar a partir de ahora conocimientos técnicos suficientes para firmar las certificaciones. La normativa aprobada hoy también fija responsabilidades para los otros dos sujetos de dercho en el transporte de mercancías peligrosas aparte de los dos anteriores, el transportista y el cargador-descargador.
La labor inspectora, según el nuevo reglamento, se encomienda a los servicios de Inspección de Transporte en cada región, pudiendo decretar estos la inmovilización del vehículo cuando la circulación de éste suponga un riesgo para ciudadanía.
(SERVIMEDIA)
31 Ene 1992
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