Tribunales

Cárcel para dos acusados de recibir ayudas de los ERE por su amistad con un exalto cargo de la Junta de Andalucía

MADRID
SERVIMEDIA

La Audiencia Provincial de Sevilla ha condenado a penas de 22 meses y 15 meses de cárcel, respectivamente, a dos acusados en una pieza separada del caso ERE por recibir ayudas económicas mediante pólizas de rentas sufragadas con fondos públicos dada su relación de amistad con el ex director general de Trabajo y Seguridad Social de la Junta de Andalucía Francisco Javier Guerrero, ya fallecido, mientras que ha absuelto a otras tres personas en relación con estos hechos, dos empleados de la consultora Vitalia S.A. y la hija de uno de los dos condenados.

En la pieza denominada de 'pólizas individuales' se juzgaba el “desvío arbitrario y carente de cualquier justificación de dinero público” por parte del entonces director de Trabajo “para favorecer a personas de su entorno personal, con las que mantenía una relación de amistad o vecindad (…), a través de pólizas de seguro de rentas temporales y/o de capital diferido concertadas a iniciativa de aquél en las que aparecía la Dirección de Trabajo como tomadora y, por tanto, como obligada al pago de las primas, siendo sus beneficiarias determinadas personas físicas”.

Así, el tribunal condena a Alejandro M.T. como cooperador necesario de un delito de prevaricación en concurso medial con un delito continuado de malversación, con la atenuante de dilaciones indebidas, y le impone cuatro años de inhabilitación especial para empleo o cargo público por el delito de prevaricación y un año y diez meses de prisión y tres años y ocho meses de inhabilitación absoluta por la malversación.

En concepto de responsabilidad civil, deberá indemnizar a la Junta en la cantidad de 333.072,07 euros, correspondiente al total percibido por la suscripción de las pólizas. Según la sentencia resultó favorecido y “se lucró ilícitamente a costa de fondos públicos en una no desdeñable suma de 333.072,07 euros que fue percibiendo durante un largo periodo de tiempo y le permitió enriquecerse y engrosar su patrimonio”.

Asimismo, los magistrados condenan a Rafael R.G. por esos mismos delitos aunque con las atenuantes de reparación del daño y dilaciones indebidas, y le imponen dos años de inhabilitación especial para empleo o cargo público por el delito de prevaricación y un año y tres meses de cárcel y dos años de inhabilitación absoluta por el delito de malversación.

De igual modo, y en concepto de responsabilidad civil, tendrá que indemnizar a la Junta con 91.196,76 euros, cantidad correspondiente al total percibido por la suscripción de las pólizas y de la que será detraída la suma de 54.880,03 euros que ya consignó en la cuenta del Juzgado de Instrucción, y que deberá ser reintegrada a la Administración autonómica.

En este caso, y a la hora de establecer la pena, la Audiencia tiene en cuenta que, “ya desde su primera declaración, ante la posible ilicitud de su conducta, se mostró proclive a devolver el dinero y así lo hizo en gran parte hasta completar una consignación de 54.880,03 euros a resultas de su responsabilidad”, lo cual “debe tener una repercusión positiva en la individualización de la pena”.

(SERVIMEDIA)
12 Sep 2025
SGR/gja