CASO COLZA. BUEREN DECIDE LA APERTURA DE JUICIO ORAL CONTRA LOS INCULPADOS EN EL "SUMARIO DE LOS ALTOS CARGOS"
- El Estado es cosiderado responsable civil subsidiario en caso de insolvencia de los acusados
- Los altos cargos implicados quedan en libertad provisional
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El juez de la Audiencia Nacional Carlos Bueren ha decidido la apertura de juicio oral contra los 7 ex altos cargos de la Unión de Centro Democrático (UCD) procesados por el envenenamiento masivo por ingestión de aceite de colza desnaturalizado ocurrido a comienzos de los años ochenta, por imprudencia temeraria y delito contrala salud pública, según el auto dado a conocer hoy por la Audiencia Nacional.
Entre los acusados, que hasta la apertura de la vista oral quedan en libertad provisional, están Miguel Hernández Bolaños, director del Laboratorio Central de Aduanas cuando ocurrieron los hechos, y José Guillo Fernández, director general de la Competencia y Consumo y comisario general de Abastecimientos y Transportes.
También comparecerán como inculpados Federico Povedano Alonso, jefe de la Sección de Importación de Prductos Agrícolas y Transformados; Antonio Bardon Artacho, jefe de Defensa contra Fraudes; Casimiro Palacios Rodríguez, concejal de Sanidad en el Ayuntamiento de Alcorcón; Miguel Casado Palomero, concejal de Sanidad del Ayuntamiento de Valladolid, y Roberto Conty Larraz, subdirector general de Alimentación.
En el mismo auto, la Audiencia Nacional deniega la apertura de juicio oral a otros ex reponsables de UCD, entre los que se encontraban el secretario de Estado de Sanidad cuando ocurrieron los hechos Luis Sánchez-Arguindey Pinentel o el director general de la Salud Pública, Luis Valenciano Clavel.
INDEMNIZACIONES
Se declara además al Estado responsable civil subsidiario en caso de insolvencia de los acusados, y para hacer frente a las responsabilidades civiles establece distintas indemnizaciones.
Estas serán de 15 millones de pesetas por fallecimiento, 90 millones para los afectados de gran invalidez, 60 millones para los afectados con incapacidad absoluta y permanente para cualquier tipo e trabajo y 15.000 pesetas por cada día de lesión para cada lesionado-afectado.
Bueren destaca asimismo la "ausencia de acusación sobre persona aforada en la fecha de los hechos, que no ha sido intentada y que de haberlo sido hubiese determinado la remisión de la causa al Tribunal competente".
El auto precisa además que no cabe la posibilidad de la "extinción de la responsabilidad criminal por la prescripción del delito", al estar solicitada la imposición de penas de prisión mayor, por lo que la aloración corresponde a la sala en fase del juicio.
El juez Bueren divide asimismo los hechos en cuatro etapas en la que aparecen inculpados los diferentes responsables. En primer lugar, la Audiencia sitúa las autorizaciones para utilizar aceite de anilina como desnaturalizante del aceite de colza.
Seguidamente el auto hace referencia a la "falta de control y atención sobre las licencias de importación de aceite de colza y el notabilísimo incremento de las importaciones de tal producto que debió acer ver a los responsables de la Administración la falsedad del destino aparente y consignado en las licencias (uso industrial) respecto al destino real (consumo de boca)".
Además, se pone de relieve el "negligente control de la empresa aceitera y en concreto de Raelca y Oleicola Toledana S.A." y los "hechos negligentes" referentes a la venta del aceite tóxico, "en mercadillos, casas, calles y en venta ambulante", en Alcorcón y Valladolid.
(SERVIMEDIA)
29 Ago 1994
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