Sanidad

El CGE reclama cambio legislativos para "evitar sentencias que prohíben a las enfermeras acceder a cargos directivos"

MADRID
SERVIMEDIA

El Consejo General de Enfermería (CGE) denunció este miércoles "la injusticia que continúan sufriendo las enfermeras por encontrarse dentro de la categoría A2 de la Administración" y que "les impide acceder a puestos para los que cuentan con competencias más que sobradas", por lo que reclamó los cambios legislativos oportunos.

Así lo indicó el Consejo en un comunicado a raíz de una decisión judicial. En concreto, el Tribunal Superior de Justicia de Baleares ha anulado una resolución de septiembre de 2019 por la que se nombraba a una enfermera directora de la Zona Básica de Salud del Centro de Salud de Sa Torre, en Mallorca.

“Estamos asistiendo a una de las mayores injusticias que se han perpetrado en el Sistema Nacional de Salud y desde el Consejo General no podemos seguir permitiéndolo más. Los enfermeros y enfermeras estamos sobradamente preparados para dirigir un hospital o un centro de salud y lo hemos demostrado en numerosas ocasiones”, afirmó el presidente del Consejo General de Enfermería, Florentino Pérez Raya.

"Existen enfermeros que son gerentes de hospitales, centros de salud, residencias, directores generales, consejeros de salud, diputados, senadores… que demuestran diariamente su valía. Es inadmisible que profesiones hermanas sigan denunciando a los tribunales cada vez que una enfermera ocupa un puesto de responsabilidad", indicó.

Por ello, el organismo que ordena la profesión de las más de 353.000 enfermeras expuso la necesidad de avanzar hacia un modelo en el que el acceso a los cargos directivos se lleve a cabo en función de méritos, competencias y formación en gestión, evitando el carácter excluyente de la titulación de origen.

Asimismo, Pérez Raya destacó que “esta sentencia de Baleares vuelve a abrir viejas heridas que deberían estar superadas”. La razón del recurso se centraba en haber abierto la convocatoria al personal de enfermería como personal del grupo A2, para cuyo análisis la Sala aplica la idea de superior dirección del médico en el proceso de atención integral sobre la salud del paciente, a partir de los conceptos de médico responsable e historia clínica.

Según indicó el CGE, el Tribunal señala que la posibilidad de que el personal del subgrupo A2 tenga acceso al cargo de director de zona básica de salud resulta contraria a la configuración realizada respecto de dicho cargo por la normativa autonómica, de manera que, con las competencias atribuidas al cargo de director de ZBS, no resulta razonable que ese puesto pueda recaer en una persona que no ostente la condición de facultativo médico.

De hecho, el CGE recordó que esta no es la única sentencia de estas características, ya que hace tan solo unos meses hubo otra en Extremadura en la que la sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Supremo anuló parte del Decreto 47/2023, de 10 de mayo, por el que se aprobaba el Reglamento General de Organización y Funcionamiento de la Atención Primaria de Salud de la Comunidad Autónoma de Extremadura que permitía a los A2 dirigir zonas de salud.

“Es momento de actuar y por eso pedimos a todos los grupos políticos a que se sumen a la iniciativa de modificación de la legislación que limita y discriminar a las enfermeras, y de una vez se haga justicia para reconocer la experiencia, formación y competencia de las enfermeras gestoras posicionadas al máximo nivel organizativo que el resto de las profesiones con nuestra misma formación académica”, aseveró Pérez Raya.

(SERVIMEDIA)
06 Mayo 2026
MAG/clc