Energía
La CNMC modifica de nuevo procedimientos de operación para que las renovables participen en el control de tensión
- No ve prioritario trasladar el coste de las restricciones técnicas a los peajes
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La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha aprobado una modificación de los procedimientos de operación eléctricos PO 7.4 y PO 14.4 para fomentar una prestación más dinámica del servicio de control de tensión e incentivar la participación de las instalaciones renovables.
Según informó la CNMC, se trata de una nueva fase en la adaptación del marco regulatorio del control de tensión iniciada en 2025, en un contexto caracterizado por una elevada penetración de generación renovable basada en electrónica de potencia y por la necesidad de disponer de recursos adicionales para gestionar la tensión de forma más eficiente. La CNMC introduce así una nueva modalidad de prestación con consigna fija
Entre las principales novedades, la CNMC incorpora una nueva modalidad basada en el seguimiento de consignas fijas de tensión o potencia reactiva que Permitirá que determinadas instalaciones que no disponen de los sistemas de comunicación necesarios para recibir consignas variables en tiempo real puedan contribuir de forma más activa al control de tensión del sistema.
De esta manera, podrán acogerse instalaciones de generación y almacenamiento con potencia igual o superior a 1 MW, tanto conectadas a la red de transporte como a la de distribución. Esta medida pretende facilitar la transición desde el actual control mediante factor de potencia hacia esquemas más avanzados de regulación de tensión.
Por otro lado, la CNMC ha revisado el esquema retributivo del servicio para incentivar la participación de las instalaciones capaces de proporcionar control dinámico de tensión con lo que se incrementa la retribución asociada al servicio voluntario de seguimiento de consignas en tiempo real.
También se establece una retribución específica para las horas en las que las instalaciones prestan el servicio sin producir energía activa, compensando así los costes que soportan para suministrar potencia reactiva; y se introduce una compensación ligada a la potencia instalada para cubrir costes de adaptación tecnológica y costes asociados a peajes y cargos necesarios para prestar el servicio en ausencia de recurso primario.
Además, la CNMC considera necesario incrementar la visibilidad sobre las necesidades futuras de control de tensión. Por ello, requiere al operador del sistema (Red Eléctrica) que elabore y publique información periódica sobre las necesidades zonales de control de tensión, los recursos disponibles y previstos y las soluciones más adecuadas para cubrir esas necesidades.
Por último, en relación con la petición de las eléctricas y pasar a los peajes el coste de las restricciones técnicas, concluye que la eventual transición hacia un precio regulado exige un análisis detallado de su correcta implementación operativa, con el fin de garantizar que aporte una ventaja clara para el consumidor.
Por el contrario, considera más prioritarias para el consumidor otras actuaciones, como continuar trabajando en la reducción de los costes de las restricciones técnicas y revisar el mecanismo de imputación entre la demanda.
(SERVIMEDIA)
10 Jul 2026
JBM/gja


