Energía

La CNMC pide extender la prohibición de las llamadas comerciales a las compañías de gas

MADRID
SERVIMEDIA

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) pide implantar en el sistema gasista los requisitos de información al consumidor que se han establecido para el sector eléctrico con el Real Decreto 88/2026, que prohíbe de forma expresa a las comercializadoras de electricidad realizar llamadas comerciales y publicidad telefónica no solicitadas a los consumidores.

Así se recoge en los informes de supervisión de la CNMC que analizan los servicios de atención al cliente de las comercializadoras eléctricas y gasistas, realizados a partir de 860 gestiones mediante la técnica del comprador misterioso, que consiste en simular una contratación o una gestión a través de los canales de atención al cliente (teléfono e internet) de las empresas.

Las gestiones se realizaron con 18 comercializadoras eléctricas y 13 gasistas, incluidas las 5 principales, que abarcan el 96 % y el 92 % de puntos de suministro domésticos, respectivamente.

En relación con el consentimiento del consumidor para recibir llamadas comerciales, la CNMC recuerda que no puede considerarse válido un consentimiento obtenido de forma genérica a partir de la aceptación de una cláusula o una casilla en una página web ajena a la contratación del suministro de electricidad.

Entre los problemas detectados por la CNMC, se encuentran dificultades en las webs para acceder a las características de la oferta sin proporcionar datos personales y problemas técnicos para contratar con un comercializador regulado.

En cuanto a la información ofrecida, la CNMC considera que la transparencia de la información precontractual en el canal telefónico es mejorable en aspectos como el precio, duración del contrato, penalización por rescisión anticipada, y derecho de desistimiento.

En todo caso, la CNMC valora que se han corregido parte de las deficiencias del año pasado, lo que confirma la utilidad de la técnica del comprador misterioso.

La CNMC comunicará a las empresas las deficiencias detectadas y comprobará su corrección. Además, podrá iniciar actuaciones, conforme a sus competencias.

(SERVIMEDIA)
29 Jul 2026
JBM/clc