Energía
La CNMC pone condiciones a la transferencia de los contratos de capacidad de gas a empresas 100% del mismo grupo
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La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha resuelto la consulta de una empresa comercializadora de gas sobre la transferencia de los contratos de acceso del sistema gasista a favor de una empresa que es 100% del mismo grupo societario aplicando algunas condiciones.
En concreto, la respuesta a la consulta concluye que la nueva titular de los contratos transferidos deberá cumplir todas las obligaciones en materia de acceso y balance de las instalaciones del sistema de gas natural.
En particular, deberá disponer del contrato marco de acceso y del contrato marco de habilitación de cartera de balance. Asimismo, estará sujeta a todas las obligaciones económicas contractuales transferidas, como la prestación de garantías, el pago de los correspondientes peajes y cánones o los recargos por desbalance que pudieran ocasionarse.
Además, considera que si la transferencia se llevase a cabo a título oneroso, será aplicable el artículo 41 de la Circular 2/2025 sobre compraventa o subarriendo de capacidad asignada sin prima adicional en el mercado secundario.
Si por el contrario la transferencia entre empresas 100% del mismo grupo se llevase a cabo a título gratuito o no oneroso, se permite mantener la duración inicial de los contratos. En todo caso, la cesión de los contratos exigirá la constitución de garantías y deberá quedar anotada en el registro SL-ATR.
(SERVIMEDIA)
17 Jul 2025
JBM/clc