Periodismo

La CNMC recomienda realizar "ajustes" en la regulación del secreto profesional de los periodistas

MADRID
SERVIMEDIA

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha emitido un informe sobre el anteproyecto de Ley Orgánica (APLO) reguladora del derecho al secreto de los profesionales de la información en el que recomienda realizar "ajustes" para asimilar el texto a la normativa de la Unión Europea (UE).

Según indicó la CNMC en un comunicado, la protección del derecho al secreto profesional de los periodistas y de los prestadores de servicios de medios de comunicación es "esencial para garantizar la libertad de información, el pluralismo democrático y la confianza en los medios de comunicación".

La Comisión recordó que el derecho a recibir información veraz está recogido como un derecho fundamental en el artículo 20.1 de la Constitución española y que, hasta el momento, el ordenamiento español carecía de una norma específica que desarrollase el ejercicio y las garantías inherentes al secreto profesional de los profesionales de la información.

En este sentido, la CNMC destacó que el Anteproyecto de Ley Orgánica debería asimilar las definiciones recogidas por el Reglamento Europeo sobre la Libertad de los Medios de Comunicación (Reglamento 2024/1083), aprobado recientemente y que obliga a los Estados miembros a garantizar unas normas mínimas comunes en materia de protección del secreto profesional.

El análisis de la CNMC indica que "sin la protección que ofrece el secreto profesional, la libre circulación de las fuentes hacia los prestadores de servicios de medios de comunicación podría verse disuadida o en ocasiones distorsionada". Ello favorecería, afirmó la CNMC, la obstaculización del libre ejercicio de la actividad económica y alteraría las condiciones de competencia en el sector, lo que podría suponer "un ataque al derecho constitucional a comunicar o recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión".

Por ello, el organismo recomienda realizar ajustes en las definiciones de “Profesionales de la información” y “Servicio de medios de comunicación” para asimilarlas mejor a las definiciones de la normativa de la UE y sugiere que el Anteproyecto incluya a los Usuarios de Especial Relevancia (UER) de forma universal en la definición de “Prestadores de servicios de medios de comunicación”.

Así mismo, también señala necesario "clarificar" si el Anteproyecto ampara que los profesionales pueden ver interceptadas sus comunicaciones electrónicas para la investigación de delitos de terceros no amparados bajo el artículo 5 del mismo.

También aprecia la CNMC diferencias de enfoque entre el texto español y el Reglamento europeo, que exige que exista una autoridad independiente especializada dedicada a facilitar el ejercicio de la tutela judicial efectiva. En este sentido, la Comisión propone "realizar ajustes normativos para concretar las autoridades competentes a efectos de aplicar el mandato de facilitar la implantación por parte de los profesionales de mecanismos de autorregulación, así como clarificar en qué consiste dicho mandato" recogido en el anteproyecto.

(SERVIMEDIA)
15 Dic 2025
MAG/gja