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La CNMC sanciona a RTVE por incumplir la Ley General de Comunicación Audiovisual en dos emisiones de 'MasterChef'
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La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) sancionó a la Corporación de Radio y Televisión Española por “incumplir la Ley General de Comunicación Audiovisual” en dos emisiones de ‘MasterChef’ y ‘MasterChef Celebrity’ emitidas en La 1 los días 5 de mayo y 10 de noviembre de 2024, respectivamente.
Según indicó la CNMC este lunes en un comunicado, la resolución se refiere a dos tipos de conductas. “Por un lado, la emisión de comunicaciones comerciales de vinos de ‘MasterChef’ fuera del horario permitido y sin incluir el mensaje obligatorio de consumo moderado y de bajo riesgo; y, por otro, la emisión de promociones de productos y servicios vinculados al programa sin identificar adecuadamente su carácter publicitario”.
“La Ley General de Comunicación Audiovisual establece límites específicos para las comunicaciones comerciales de bebidas alcohólicas. En el caso de bebidas con graduación igual o inferior a 20 grados, solo pueden emitirse entre las 20.30 y las 5.00 horas, salvo las excepciones previstas en la norma. Además, deben incluir un mensaje de consumo moderado y de bajo riesgo”, señaló la CNMC.
En este caso, la CNMC “constató” la emisión de comunicaciones comerciales de vinos de ‘MasterChef’ en horario de mañana, en programas emitidos entre las 10.42 y las 13.55 horas “aproximadamente”. En esas emisiones se mostraron botellas y copas de vino, se propusieron brindis y se incluyeron referencias a la web de la vinoteca de ‘MasterChef’, señaló el órgano..
La resolución considera que “estas presentaciones tenían carácter comercial, se emitieron fuera del horario permitido y no incorporaron el mensaje de consumo moderado exigido por la normativa audiovisual”.
La CNMC también recordó que la publicidad “debe estar claramente identificada cuando, por su forma de emisión, pueda confundirse con el contenido editorial del programa. En esos casos, la Ley exige una sobreimpresión permanente y legible con la indicación publicidad”.
En las emisiones analizadas se incluyeron distintas presentaciones de productos y servicios vinculados a la marca MasterChef, como el restaurante, la aplicación oficial, los campamentos, libros de cocina o el videojuego oficial del programa. Estas promociones se realizaron dentro del propio entorno del programa, por sus presentadores o mediante sus voces, y sin la advertencia permanente de 'publicidad'”.
La CNMC consideró que, “por su formato y por la estrecha relación de estos productos con el programa, estas comunicaciones podían generar confusión en el espectador sobre su naturaleza publicitaria”.
La resolución de la CNMC aclaró también que “la advertencia de emplazamiento de producto no sustituye a la obligación de identificar una comunicación comercial como publicidad cuando pueda confundirse con el contenido del programa”.
“Ambas advertencias tienen finalidades distintas: el emplazamiento informa de la presencia de marcas o productos dentro de un programa, mientras que la indicación ‘publicidad’ advierte al espectador de que está viendo una comunicación comercial con finalidad promocional”. Según indicó CNMC, CRTVE reconoció “voluntariamente” su responsabilidad y abonó anticipadamente la sanción, lo que permitió aplicar las reducciones previstas en la Ley de Procedimiento Administrativo.
La sanción propuesta ascendía a 512.168 euros, correspondientes a dos infracciones graves continuadas, una “por las comunicaciones comerciales de bebidas alcohólicas” y otra “por la falta de identificación de comunicaciones comerciales”. Tras aplicar las reducciones correspondientes, el importe final abonado fue de 307.300,80 euros.
(SERVIMEDIA)
27 Jul 2026
JNV/gja


