Castilla y León
Comienza el plazo para solicitar el voto por correo para las autonómicas de Castilla y León
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Este martes comienza el plazo para solicitar el voto por correo para las elecciones autonómicas de Castilla y León. Se podrá solicitar hasta el 5 de marzo de forma telemática en la web de Correos o de forma presencial en cualquier oficina postal.
Los electores que decidan votar por correo deberán solicitar el certificado de su inscripción en el censo electoral de la comunidad autónoma de Castilla y León. La obtención de este certificado es requisito imprescindible para poder emitir el voto por correspondencia.
En el modelo de solicitud por vía telemática, el interesado debe acreditar su identidad mediante autenticación y firma electrónica, aceptándose como sistemas de identificación válidos los certificados de persona física reconocidos por el Ministerio de Industria en su lista de prestadores cualificados de servicios electrónicos de confianza o el DNI electrónico (DNI-e).
La solicitud de voto en oficina debe ser realizada personalmente por cada elector, salvo en caso de enfermedad o discapacidad, acreditada mediante certificación médica oficial, que le impida la formulación personal de dicha petición. En este caso, puede ser presentada en nombre del elector por otra persona autorizada notarial o consularmente. En el momento de formular la solicitud, los interesados deben acreditar su identidad presentando ante el empleado de la oficina postal el DNI, pasaporte o carné de conducir originales.
Con el objetivo de agilizar los trámites y evitar esperas, se ofrece la opción de cita previa para la solicitud del voto en oficinas, a través de la app, la web de Correos o la Oficina Virtual. Para ello el elector tan sólo debe seleccionar la oficina disponible que tenga cita previa y, por último, elegir el día y la hora que más le convengan.
Correos entregará las solicitudes recibidas en las delegaciones provinciales de la oficina del censo electoral en Castilla y León, quienes enviarán a los solicitantes, a partir del 23 de febrero, la documentación necesaria para que puedan ejercer el voto por correo en la dirección indicada en la solicitud. Esa documentación la recibirán en la dirección que indiquen en la solicitud, que no tiene por qué coincidir con su domicilio habitual. El plazo de depósito del voto por correo finalizará el 11 de marzo.
(SERVIMEDIA)
20 Ene 2026
AGC/gja


