VTC

La Comunidad de Madrid prohibirá las subidas de precios de los VTC durante emergencias

- La nueva norma para los VTC también limita los incrementos en situaciones de alta demanda a un máximo del 75% sobre la tarifa base

Madrid
SERVIMEDIA

El Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid aprobó este miércoles la modificación del Reglamento de los vehículos de transporte con conductor (VTC) para prohibir los incrementos abusivos de precios durante situaciones de emergencia y limitarlos en otros supuestos de alta demanda.

El Consejo de Gobierno, en una reunión extraordinaria celebrada en Batres, dio luz verde a esta modificación, que entrará en vigor el próximo mes de julio tras completar su tramitación administrativa. Con esta medida, el Ejecutivo autonómico busca poner fin a prácticas detectadas en algunas plataformas que incorporaban recargos extraordinarios.

La principal novedad de la reforma establece que las plataformas no podrán incrementar el precio de sus servicios cuando la Comunidad de Madrid active una situación de emergencia conforme al Plan Territorial de Protección Civil (Platercam), como podría ocurrir ante una gran nevada, una DANA o un apagón eléctrico. En estos casos, el coste del trayecto deberá mantenerse en las mismas condiciones que en una jornada ordinaria. Además, el nuevo texto limita las subidas en otros supuestos de alta demanda, como grandes eventos, que no podrán superar el 75% sobre la tarifa base ni incorporar suplementos adicionales.

La reforma también incorpora un nuevo sistema de identificación de los vehículos VTC con distintivos más seguros frente a posibles falsificaciones, que permitirán distinguir si el vehículo dispone de autorización para servicios urbanos e interurbanos o únicamente interurbanos. Asimismo, se flexibilizan los requisitos medioambientales para vehículos adaptados para personas con movilidad reducida, permitiendo que puedan operar con etiqueta ambiental C, y se añaden pictogramas específicos para facilitar su identificación.

(SERVIMEDIA)
01 Jul 2026
JAM/gja

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