Consumo

Consumo investiga si los “principales” distribuidores minoristas “trasladan correctamente” la reducción del IVA al consumidor

- Recuerda que, en caso contrario, se exponen a multas de hasta 100.000 euros o entre cuatro y seis veces el beneficio ilícito obtenido

MADRID
SERVIMEDIA

La Subdirección General de Inspección y Procedimiento Sancionador, adscrita a la Dirección General de Consumo e integrada en el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, ha pedido información a los “principales” operadores de distribución minorista de ámbito nacional para “investigar” si se están “trasladando correctamente” al consumidor final la bajada del IVA a “determinados” alimentos entre los que citó el aceite de oliva o las frutas y verduras.

Así lo anunció este miércoles el departamento de Pablo Bustinduy en un comunicado en el que recordó que esta reducción del IVA a determinados alimentos fue una medida aprobada por el Ejecutivo de Pedro Sánchez en el marco de su “escudo social” para “hacer frente al alza de los precios provocada por la invasión rusa en Ucrania”.

El ministerio precisó que el inicio de esta investigación tiene su origen en la recepción por parte de esta unidad de “diversas denuncias” de asociaciones de consumidores y usuarios en las que se trasladaba información sobre “posibles incrementos en los márgenes de beneficios” dentro de la distribución minorista a lo largo del último año, “principalmente” en relación a alimentos como las frutas y verduras o el aceite de oliva.

A su vez, aseveró que la investigación también se “encuadra” dentro de la “estrategia de transparencia y claridad” en la conformación de precios de los alimentos que está llevando a cabo con el objetivo de “proteger” a los consumidores y “medir el impacto positivo” de las medidas y políticas públicas adoptadas por el Gobierno de coalición.

En este sentido, hizo hincapié en que la aplicación temporal del tipo impositivo reducido del IVA sobre “determinadas entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias” de alimentos, que ha sido prorrogada hasta junio, “prohíbe expresamente” que esta reducción pueda dedicarse “total o parcialmente” a “incrementar” el margen de beneficio empresarial, dado que su “finalidad” es, “precisamente, conseguir reducir el precio de los alimentos adquiridos por los consumidores finales”.

PRIMERA FASE

A este respecto, dentro de esta primera fase de la investigación, ha solicitado a cadenas de supermercados e hipermercados que aporten información sobre los precios a los que han vendido en los últimos meses los productos objeto de la reducción temporal del tipo del IVA y sobre la “evolución del margen comercial o estructura de costes en relación con dichos productos”.

En caso de haberse producido, puntualizó que estas prácticas podrían considerarse como “incumplimientos” de las normas reguladoras de precios y márgenes, constituyendo una “infracción” del artículo 47.1 del texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2007 de 16 de noviembre, y “pudiendo acarrear sanciones” de hasta 100.000 euros, o entre cuatro y seis veces el beneficio ilícito obtenido, “para los casos más graves”.

En el transcurso de una reciente entrevista concedida a Servimedia, Bustinduy advirtió de que su gabinete va a “ejercer” sus competencias en esta área con el fin de “garantizar que los derechos de los consumidores y las consumidoras, especialmente de los más vulnerables, no se vean violentados”.

“Creo que existe un gran debate social al respecto, creo que hay varias organizaciones que llevan muchos meses incidiendo en esta materia y es un tema al que le estamos brindando una atención específica”, afirmó.

(SERVIMEDIA)
21 Feb 2024
MJR/gja