Banca

El Defensor del Pueblo recibió numerosas quejas por bloqueos y cierres de cuentas bancarias sin aviso previo

MADRID
SERVIMEDIA

El Defensor del Pueblo recibió el año pasado “numerosas quejas” principalmente por bloqueos de cuentas bancarias sin previo aviso y por cierres de cuentas o negativas a operar por “motivos poco claros”.

Así lo recoge el Informe Anual sobre la actividad de la institución en 2025 presentado este martes en el Congreso de los Diputados por parte del Defensor del Pueblo, Ángel Gabilondo.

En el apartado sobre la actividad bancaria, la institución desvela que recibió “numerosas quejas” por bloqueos y cierres de cuentas sin aviso y negativas a operar “en los que podría intervenir el origen nacional de los clientes actuales o potenciales”.

En muchos casos, los ciudadanos acudieron al Defensor del Pueblo sin haberse dirigido antes a la propia entidad bancaria ni al Banco de España, por lo que se les indicó cómo proceder y se les informó sobre los criterios comunes de buenas prácticas elaborados conjuntamente por el Banco de España y por el Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias (Sepblac).

Dichos criterios fueron actualizados en junio de 2025 como consecuencia de las recomendaciones del Defensor del Pueblo en su informe sobre los retos de la inclusión financiera. Algunos de los elementos más relevantes son el énfasis que se pone en la neutralidad con respecto al origen y el requerimiento a las entidades bancarias de realizar un análisis individualizado de riesgos en materia de blanqueo, la atenuación de las consecuencias negativas del cierre de cuentas de pago básicas mediante un deber de información reforzado al cliente por parte de las entidades o la necesidad de que se aprecien indicios suficientes o certezas en materia de blanqueo de capitales para rechazar a clientes vulnerables que soliciten acceso a una cuenta de pago o que perciban ayudas públicas en forma de tarjetas de prepago.

El Defensor del Pueblo también indicó que se encontraba tramitando el año pasado una actuación de oficio para analizar la regulación sobre los préstamos rápidos o microcréditos, “dado el impacto de los elevados intereses que conllevan” y su devolución en un plazo breve. El informe refleja que, en ese momento, el Ministerio de Economía, Comercio y Empresa y el Banco de España informarían sobre la reforma legislativa que posteriormente se aprobó el pasado mes de enero para limitar los intereses, exigir un plazo de devolución mínimo de tres meses para los de alto coste y exigir más transparencia a las empresas.

Asimismo, el Defensor del Pueblo recibió quejas relacionadas con el fraude bancario, la mayoría sobre pérdidas patrimoniales que se producen como consecuencia de fraudes, normalmente electrónicos. En este sentido, la institución recomienda a los afectados agotar las vías a su disposición, dirigiéndose a la entidad bancaria en primer lugar y, en su caso, al Banco de España. No obstante, recuerda que la intervención de este último no es vinculante, por lo que, en la práctica, los ciudadanos tienen más posibilidades de resarcimiento por la vía judicial civil.

(SERVIMEDIA)
24 Mar 2026
JBM/MMR/pai