Tribunales
Desestiman la queja de una acusación contra la jueza de la dana por no admitir a trámite su recusación
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La Sección Segunda de la Audiencia de Valencia acordó este martes por unanimidad desestimar el recurso de queja presentado por una acusación particular contra la jueza que investiga la gestión de la dana por no haber admitido a trámite un incidente para recusarla y declarar la nulidad de las actuaciones.
La magistrada acordó no admitir a trámite el incidente en un auto el pasado 2 de marzo. La acusación particular recurrió esa decisión en reforma y, subsidiariamente en apelación, pero la instructora lo rechazó el 9 de marzo a través de una providencia donde reiteraba que el auto de 2 de marzo no podía ser recurrido.
"Visto el escrito de recusación, la decisión de la instructora no es arbitraria", concluye ahora la Audiencia, que indica que no concurren las causas de recusación previstas en la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) aducidas por los recurrentes. La Fiscalía, en vía de informe, también se había opuesto a la estimación de la queja.
Tal y como recoge el auto de la Audiencia, "resulta trascendente que, en ninguno de los casos que se plantean en el escrito de recusación, se justifica haberla presentado dentro de los plazos establecidos en el artículo 223 de la LOPJ".
"El planteamiento extemporáneo de la recusación es, como hemos visto, una de las causas a limine. Por todo ello, se desestima el recurso de queja", añaden los magistrados en su resolución, contra la que no cabe recurso alguno.
(SERVIMEDIA)
28 Abr 2026
SGR/gja


