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Los economistas avisan de que la nueva regulación del ejercicio de la administración concursal solo favorece a los “grandes despachos”

MADRID
SERVIMEDIA

El Consejo General de Economistas de España (CGE) considera que la nueva regulación de acceso al ejercicio de la administración concursal que prepara el Gobierno “favorece a los grandes despachos y discrimina al resto de profesionales”.

El CGE ha trasladado, a través de su órgano especializado en el ámbito de las insolvencias, el Registro de Economistas Forenses (Refor), un conjunto de alegaciones a los dos Reales Decretos sometidos a audiencia pública por el Ministerio de Justicia: el Reglamento que desarrolla la Administración Concursal y el que regula el Registro Público Concursal.

A su juicio, con la actual redacción solo unos pocos grandes despachos radicados en las principales provincias quedarían eximidos de realizar el examen de acceso a la profesión, y no así los profesionales del resto de España, aunque cuenten con formación y experiencia contrastadas en este campo.

Para el presidente del CGE, Valentín Pich, “esta situación podría llevar a una concentración del sector, dejando fuera del mercado a un importante número de administradores concursales perfectamente preparados, con lo que se acabará resintiendo el actual sistema de resolución de insolvencias de nuestro país”.

Además, el Refor cree que resulta excesivo exigir haber realizado 20 concursos concluidos para poder ser dispensados de la realización del examen, ya que “es mucho más fácil cumplir este requisito en aquellos territorios donde el número de concursos que se presentan es más numeroso y de mayor volumen”.

Según cálculos del Refor, en 2022, Cataluña, Comunidad de Madrid, Comunidad Valenciana y Andalucía concentraron con 6.844 concursos casi el 74% del total de concursos de acreedores.

Asimismo, el refor destacó que “cuesta entender que se establezca una barrera inicial de acceso tan restrictiva cuando en el articulado del Real Decreto está perfectamente tasado para qué clase de concurso (de menor complejidad, de complejidad media o de mayor complejidad) podrá ser nombrado el administrador concursal en función de su experiencia”.

Por otra parte, los economistas criticaron también que se mantengan inalterables los honorarios de los administradores concursales, “que ni siquiera se han actualizado con el IPC y que permanecen invariables desde hace casi 20 años”.

Además, consideran que, para poder presentarse al examen de acceso, deberían exigirse titulaciones con formación específica en materia jurídica y económica, es decir, abogados, economistas, titulados mercantiles y auditores, que son quienes históricamente han venido ejerciendo como administradores concursales.

En cuanto a las personas jurídicas que ejerzan la administración concursal, la institución colegial señaló que estas deberían ser sociedades profesionales e incorporarse como tales en el Registro Público Concursal, porque, entre otras razones, así se garantiza que la mayoría de los socios reúne los requisitos exigidos para el ejercicio de la actividad profesional que constituye el objeto social.

Por último, el CGE considera que debería incluirse en el Real Decreto del Reglamento la exigencia de la formación continua para los profesionales que ejerzan la administración concursal, tal y como establece la Directiva europea. En cuanto a la cuenta de garantía arancelaria, indicó que debería complementarse con una partida de los Presupuestos Generales del Estado.

(SERVIMEDIA)
06 Nov 2023
DMM/gja