EGIN. EL JUEZ PROCESA POR PERTENENCIA A ETA Y ATENTADO A LOS PERIODISTAS DE "EGIN" FERNANDO ALONSO Y ANDONI MURGA

MADRID
SERVIMEDIA

El juez de la Audiencia Nacional Javier Gómez de Liaño dictó hoy auto de procesamiento contra los redactores de "Egin" Fernando Alonso y Andoni Murga, detenidos el pasado 17 de agosto, por los delitos de pertenencia a banda armada, depósito de armas, tenencia de explosivos y estragos.

Según el auto, los rocesados atentaron el pasado 15 de agosto contra la empresa Confecciones Aitzgorri, de la localidad alavesa de Salvatierra. Una vez detenidos -los terroristas emplearon sus propios coches para trasladarse a la fábrica donde colocaron un explosivo- la Guardia Civil encontró en sus domicilios abundantes armas, munición y explosivos.

Gómez de Liaño confirma la prisión ordenada el 18 de agosto para ambos y les impone una fianza de 3,5 millones de pesetas, que cubra los daños causados en la empresa por laexplosión de la bomba.

Los dos periodistas han sido citados mañana ante el magistrado de la Audiencia Nacional para realizar la declaración indagatoria, según señalaron hoy fuentes judiciales.

Gómez de Liaño dedica parte de los fundamentos jurídicos del auto de procesamiento a dar su versión de cómo se produjo el registro en la redacción del diario "Egin", que fue criticado por tardío. Por su parte, el magistrado afirma que la diligencia se decidió "cuando procedía" y, "en todo instante, bajo conrol judicial".

COMO TERRORISTAS, NO COMO PERIODISTAS

"No fue, porque no podía ser, una entrada y registro para rebuscar o poner boca arriba toda la redacción del periódico 'Egin'", recalca Gómez de Liaño en su escrito. El juez recuerda que procesa a dos presuntos terroristas, pero no a "dos periodistas que se guarezcan en la palabra y la utilicen como trinchera de sus comportamientos ilícitos".

En cuanto a la no concordancia entre lo declarado por los detenidos ante la Guardia Civil y posteriorente ante él, el magistrado constata que las manifestaciones de Alonso y Murga en las dependencias policiales, "además de coincidir entre si, ofrecieron datos que obtenían unas muy inmediatas confirmaciones, como por ejemplo, la descripción mediante croquis del 'buzón', que posteriormente fue hallado en el paraje de 'Cuevas de Landarbaso'".

Sobre los supuestos malos tratos infligidos a los detenidos, Gómez de Liaño señala que en todo momento estuvieron asistidos por un abogado y que fueron reconocidostres veces por los médicos forenses, "quienes lo único que apreciaron fue determinadas equimosis (hematomas) y erosiones, consecuencia de las sorpresivas y bruscas detenciones de ambos". El juez añade que sin perjuicio de que la denuncia por malos tratos tenga su debida tramitación procesal.

Asimismo, el magistrado reflexiona sobre el terrorismo y dice que "la democracia se apoya en una evidencia tan innegociable, como que la razón de los más pacíficos, aunque no siempre la tengan, es mejor que la de os violentos, que jamás la tienen".

"Y, puestos a ignorar, desconocen que la historia de los pueblos siente vergüenza y repugnancia perpetuas por los crímenes de sus fanáticos", asegura Gómez de Liaño en su auto.

(SERVIMEDIA)
16 Sep 1996
A