ENTRA EN VIGOR LA NORMATIVA QUE REGULA EL VOLUNTARIADO CULTURAL
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Mañana entrará en vigor la normativa que regula las actividades de los voluntarios culturales, que en ningún caso pdrán sustituir prestaciones de trabajo o servicios profesionales que estén remunerados.
Según el régimen legal elaborado por el Ministerio de Cultura, se consideran asociaciones de voluntariado cultural aquellas que cuenten entre sus fines la realización, sin ánimo de lucro, de actividades culturales por medio de voluntarios.
Los centros directivos y los organismos autónomos del Ministerio de Cultura podrán acoger iniciativas de colaboración ofrecidas por asociaciones de voluntariado cultural que por su vinculación con programas o actividades culturales, deseen aportar gratuita y desinteresadamente su contribución al logro de estos objetivos.
El ministerio favorecerá el desarrollo del voluntariado cultural mediante la creación de sistemas de información y orientación dirigidos a los voluntarios culturales, con el fin de mejorar la realización de las actividades que desarrollen.
Asimismo, facilitará a los voluntarios culturales que participen anualmente en dos o más programas el acceso grtuito a las instituciones o actividades culturales en las que hayan prestado su colaboración.
Según el Ministerio de Cultura, el objetivo del voluntariado cultural es proporcionar nuevas vías que permitan la participación de los ciudadanos en actividades que mejoren la accesibilidad al conocimiento y disfrute de los bienes culturales.
(SERVIMEDIA)
25 Oct 1995
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