ETA. LA AUDIENCIA JUZGA A TRES PRESUNTOS ETARRAS QUE EXIGIERON A UNOS VECINOS QUE ECHARAN DEL BLOQUE AL CONCEJAL DEL PP

MADRID
SERVIMEDIA

La Sección Tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional juzgará este martes, día 23, a tres presuntos terroristas que, en una carta, llamaron "engendro de Franco" a un concejal del Partido Popular (PP) en Galdácano (Vizcaya) y exigieron a los vecinos quele echaran del edificio en el que vivía, porque se podía producir además un atentado contra el edil.

Según el escrito de conclusiones provisionales, la fiscal encargada del caso, Blanca Rodríguez, considera probado que, desde 1996 y hasta su detención en el año 2002, Jon Crespo Ortega, Xabier Arrilucea Saiz y Andoni Beoriz Zubizarreta formaban parte de un grupo de ETA.

Concretamente, los tres procesados participaron en la zona de Galdácano (Vizcaya) en numerosos ataques contra los objetivos desigados por ETA y que consistían también en amenazar a personas de la vida política.

Así, los tres acusados, de mutuo acuerdo, decidieron, en marzo de 2000, amedrentar a Ricardo Gutiérrez, concejal del PP en Galdácano, enviando una carta a los vecinos del edil.

En la misiva, calificaban a Gutiérrez de "deporable concejal que es responsable directo de que a Euskal Herría le sea negada la palabra", entre otras cosas.

Asimismo, agregaban que "por esto y mucho más, este engendro de Franco está condnado a ser expulsado" del País Vasco y exigían a los vecinos que le expulsasen del edificio por ser una persona de "actitudes hitlerianas".

Según el escrito de la Fiscalía, los procesados imprimieron la carta en un ordenador que Herri Batasuna tenía en un local de Galdácano y la introdujeron, el 17 de marzo de 2000, en todos los buzones del bloque en el que vivía la víctima.

En la misiva se advertía a los vecinos que se atuvieran a las consecuencias si no expulsaban al citado concejal, ya que se odía producir un atentado contra él. De esta forma, trataron de atemorizar al edil, privándole de su "tranquilidad y sosiego".

Para la Fiscalía de la Audiencia Nacional, los hechos descritos son constitutivos de un delito de amenazas terroristas, por lo que procede imponer dos años de prisión a cada uno de los acusados. Asimismo, considera el Ministerio Público que deberían indemnizar a la víctima con 6.000 euros por daños morales.

(SERVIMEDIA)
21 Mar 2004
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