ETA. LOS DELITOS COMETIDOS POR LOS ETARRAS DE VENEZUELA NO PRESCRIBEN HASTA EL 2016
- El Gobierno solicitó su extradición en 1996
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Los delitos por lo que España reclamó la extradición de cinco de los seis presuntos terroristas que deben ser localizados y detenidos por orden del Tribunal Supremo de Venezuela no prescriben hasta el año 2016, según informaron hoy fuentes de la Fiscalía de la Audiencia Nacional.
Los delitos de terrorismo prescriben, en principio,a los 20 años de su comisión si nadie es procesado por los hechos delictivos, según el departamento dirigido por Eduardo Fungairiño.
Ahora bien, la prescripción se interrumpe en el mismo momento en que una persona es procesada por los hechos que se investigan. En ese momento, la cuenta atrás de la caducidad de la responsabilidad de los delitos vuelve a comenzar.
Además, si los procesados se encuentran en otro país y España pide su extradición, esta solicitud vuelve a interrumpir la prescripción d los delitos que se persiguen.
Así, en el caso de los cinco presuntos terroristas cuya extradición se reclamó a Venezuela en 1996, los delitos no prescriben hasta el año 2016. Se trata de Mguel Angel Aldana Barrena, alias "Askatu", Eugenio Barrutiabengoa, Juan Carlos Arriarán, José Ayestarán Legorburu y Jesús Ricardo Arteaga Repullés.
Con respecto al supuesto miembro de ETA que fue reclamado en 1999, Luis María Olalde, los hechos delictivos no caducarán hasta 2019.
Las mismas fuentes explicaon también que a cinco de los seis presuntos etarras se les reclama en la Audiencia Nacional por su supuesta participación en 22 asesinatos ocurridos entre 1978 y 1981.
Asimismo, aseguraron que desde que solicitaron a Venezuela la extradición de todos estos presuntos terroristas, la Audiencia Nacional no ha recibido respuesta alguna sobre su petición.
(SERVIMEDIA)
18 Mar 2002
VBR