Consumidores

Facua denuncia a una web por “simular” ser de la DGT para cobrar nueve euros por la etiqueta ambiental

MADRID
SERVIMEDIA

Facua-Consumidores en Acción ha denunciado ante la Dirección General de Comercio y Consumo de la Comunidad de Madrid a una web que “simula ser oficial” de la Dirección General de Tráfico (DGT) y cobra nueve euros por gestionar la expedición del distintivo ambiental para vehículos.

Así lo anunció este jueves en un comunicado en el que precisó que la página utiliza un logo “muy similar” al de la DGT en su cabecera y el color azul en su diseño, lo que, a su juicio, “puede inducir a error” a los usuarios y “provocar que paguen más por un trámite que cuesta sólo cinco euros" si se hace directamente a través de la DGT, "sin páginas intermediarias”.

A este respecto, la asociación señaló que el nombre de la web ‘dgt-online.com’ puede “inducir igualmente” a creer que se trata de una página oficial de Tráfico, ya que “no advierte” de que no se trata de una web oficial “hasta su final, donde se puede leer "distribuidor autorizado, no somos la DGT"”.

“Hasta hace unos días, en el aviso legal indicaban que tras la página estaba una empresa llamada Etiqueta Medioambiental SL, con domicilio en el Paseo de la Castellana de Madrid. Una empresa que no existe”, puntualizó Facua, para agregar que “ahora, han cambiado la página y te dicen que la empresa es otra, New Marketing Services SLL, que tiene domicilio social en Broadway”.

PUBLICIDAD ENGAÑOSA

Facua recordó que, en su artículo 5, relativo a los "actos de engaño", la Ley 3/1991, de 10 de enero, de Competencia Desleal establece que se consideran “desleales”, entre otras prácticas, cualquiera que sea “susceptible” de “inducir a error a las personas a las que se dirige o alcanza" sobre cuestiones como la "naturaleza, características y las ventajas realmente ofrecidas".

Así, dicho artículo entiende "desleal por engañosa" cualquier conducta que contenga "información falsa o información que, aún siendo veraz, por su contenido o presentación induzca o pueda inducir a error", siempre que incida en aspectos como "la naturaleza del bien o servicio" o "las características principales", entre otros.

Junto a ello, en su artículo 6, dedicado a los "actos de confusión", la misma ley plantea que "se considera desleal todo comportamiento que resulte idóneo para crear confusión con la actividad, las prestaciones o el establecimiento ajenos” y estima que “el riesgo de asociación por parte de los consumidores respecto de la procedencia de la prestación es suficiente para fundamentar la deslealtad de una práctica".

Por su parte, la organización de consumidores también subrayó que la Ley 34/1988, de 11 de noviembre, General de Publicidad, indica en su artículo 3 que las prácticas de publicidad engañosa "tendrán el carácter de actos de competencia desleal".

En este sentido, animó a los usuarios que se hayan podido ver afectados por otras páginas que “aparenten” pertenecer a organismos oficiales que lo pongan en conocimiento de la asociación para emprender acciones de denuncia. “Si han picado en estas trampas, pueden reclamar la devolución de su dinero argumentando el carácter engañoso de las webs”, sentenció.

(SERVIMEDIA)
01 Jun 2023
MJR/gja