Atención al cliente

Facua exige que la ley de atención al cliente fije indemnizaciones si una reclamación no recibe respuesta en cinco días

MADRID
SERVIMEDIA

El secretario general de Facua-Consumidores en Acción, Rubén Sánchez, reclamó este jueves en el Congreso que la Ley de Servicios de Atención a la Clientela fije indemnizaciones si una reclamación no recibe respuesta en el plazo de cinco días.

Así lo reivindicó durante su comparecencia ante la Comisión de Derechos Sociales y Consumo de la Cámara Baja para exponer las principales demandas de la asociación en relación a dicha norma, auspiciada por el Ministerio de Consumo.

A este respecto, Sánchez indicó que la fijación de un marco de indemnizaciones para los consumidores que no reciban respuestas a sus reclamaciones e incidencias sobre problemas relacionados con la facturación “es una de las cuestiones de mayor relevancia que debe reflejar la ley”, tal y como precisó la organización de consumidores en un comunicado al término de dicha intervención, en el que recordó que Facua solicita que esas indemnizaciones se apliquen si no hay respuesta en cinco días “o en dos horas si se trata de una incidencia que implique un corte injustificado de suministro”.

En cuanto a su cuantía, a su entender, debe representar el doble de la cantidad facturada “irregularmente”, con un mínimo de 50 euros, que se sumarían al importe que habrá que devolverse al usuario o “corregirse” en su factura.

CONTRATOS TRAS LLAMADAS

En su alocución, el secretario general de Facua señaló también la necesidad de mejorar la ley para tipificar como infracción de consumo la aceptación de contratos realizados como consecuencia de llamadas comerciales no solicitadas. “Solo si hay sanciones económicas contra las compañías —fundamentalmente energéticas y de telecomunicaciones— que se lucran con estas prácticas ilegales podrá erradicarse el spam telefónico”, advirtió.

En el transcurso de su intervención, Sánchez aseveró que se trata de una norma “extraordinariamente necesaria para evitar que las empresas se desentiendan de las reclamaciones de sus clientes”. “Pero no queremos cualquier ley de servicios de atención a la clientela, sino una ley acorde a la realidad actual, que establezca obligaciones de calidad, con plazos de respuesta acordes a las características de las empresas y los servicios que queden regulados en ella”, abundó.

En este punto, indicó que, “sobre todo”, urge una ley “que establezca un marco de compensaciones económicas para los consumidores que sufran los incumplimientos de esas obligaciones y plazos de respuesta”.

COMPENSACIÓN AUTOMÁTICA, CLAVE

En la misma línea, juzgó “clave” que los usuarios sean compensados económicamente “de forma automática” si las empresas no hacen efectivas sus peticiones de bajas de servicios, si no atienden sus reclamaciones por el cobro de servicios no contratados en cinco días hábiles o si no atienden con inmediatez consultas y reclamaciones relacionadas con la suspensión o cortes injustificados de servicios básicos de interés general.

Por otro lado, ve “desproporcionado” el plazo de 15 días para la resolución de consultas, reclamaciones e incidencias relacionadas con facturación o cobros indebidos que plantea el texto enviado por el Consejo de Ministros al Congreso.

“Ese plazo debe reducirse de forma considerable, a cinco días como máximo, tal y como plantea el texto del proyecto en su redacción actual. Porque cinco días es un plazo más que suficiente para que una gran empresa dé respuesta a una reclamación y ni que decir tiene si se trata simplemente de una consulta”, apostilló.

En cuanto al spam telefónico, pidió que se ordene a las compañías el “bloqueo de cualquier llamada comercial no solicitada, sea cual sea el tipo de numeración desde la que se realice”.

“Las llamadas comerciales solo deberían permitirse a través de una numeración específica, algo que requiere una modificación del Plan Nacional de Numeración. Numeración que no debería suponer coste adicional para el consumidor si devuelve la llamada, ni tampoco para las empresas que la contraten”, puntualizó.

Junto a ello, más allá de esos protocolos de bloqueo, también estimó “esencial” que se implementen cambios normativos que definan como infracción de consumo el hecho de que las empresas admitan altas de clientes realizadas en conversaciones fruto de llamadas spam, lo que permitiría sancionarlas.

“Algo que, además, tendría que complementarse con un marco de compensaciones económicas para esos usuarios, el cual se podría protocolizar obligando a las empresas a informar al cliente de ese derecho en el correo de bienvenida cuando procese el alta”, resolvió.

(SERVIMEDIA)
16 Oct 2025
MJR/clc