Autónomos

Fedea advierte de efectos negativos en el nuevo sistema de cotización de autónomos

- Reconoce que la orientación de la reforma es "positiva", pero observa "aspectos problemáticos"

MADRID
SERVIMEDIA

La Fundación de Estudios de Economía Aplicada (Fedea) advirtió este miércoles de que el nuevo sistema de cotización de trabajadores autónomos contiene “aspectos problemáticos” que tendrán un efecto contrario al deseado.

Fedea ha publicado un artículo del profesor de la Universidad Rey Juan Carlos Miguel Ángel García en el que analiza el recientemente aprobado real decreto-ley 13/2022 que modifica el sistema de cotización de los trabajadores del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).

Fedea destaca que la principal novedad del decreto es la introducción de restricciones que limitan la libertad de elección de la base de cotización de estos trabajadores, que a partir de ahora deberá fijarse dentro de un intervalo que dependerá de su renta declarada en el IRPF. El nuevo sistema se desplegará de forma progresiva durante un periodo máximo de nueve años (hasta 2032), con revisiones periódicas cada tres años.

Según el autor, “la orientación general de la reforma es positiva, pues trata de acercar el tratamiento de los autónomos al de los trabajadores asalariados, lo que en general redundará en una mayor equidad del sistema y un mejor nivel de protección social para los autónomos con un efecto sobre la situación financiera del sistema que tendería a la neutralidad”.

Sin embargo, avisa de que “hay algunos aspectos de la reforma, al menos con las tablas de cotización fijadas para los próximos tres años, que pueden ser problemáticos y tendrán el efecto contrario”.

En concreto, refiere el objetivo marcado de acercar las bases de cotización a las rentas reales de los trabajadores autónomos, que “se ve empañado al haber elaborado unas tablas para los tres primeros años (2023-2025) con una relación decreciente entre las bases de cotización y los rendimientos netos declarados al IRPF, a medida que aumentan los ingresos del afiliado”.

Asimismo, García sostiene que la decisión de establecer para una buena parte de los trabajadores autónomos bases y cuotas inferiores a los mínimos del Régimen General de Asalariados para un contrato a tiempo completo “puede generar competencia desleal con las empresas y aumenta el riesgo del uso de la figura del falso autónomo disminuyendo la calidad del empleo”.

Otro aspecto sobre el que el experto llama la atención es que los afiliados al RETA “reciben un mejor trato que los encuadrados en el Régimen General de Asalariados”. En el caso de los tramos inferiores de renta, porque serán tratados como trabajadores a tiempo completo aun cuando declaren rendimientos inferiores al SMI a jornada completa, con el consiguiente efecto favorable sobre sus prestaciones sociales. Y en el caso de los tramos superiores, porque con rendimientos netos superiores a la pensión máxima cotizan siempre por debajo de ésta y, por tanto, no están obligados a realizar el esfuerzo exigido a los trabajadores asalariados cuya base de cotización máxima es superior en un 28% a la pensión máxima.

(SERVIMEDIA)
07 Sep 2022
JRN/mjg