Igualdad
Feministas revindican que la Justicia no considere violencia machista el asesinato en Marbella de una persona trans
El texto se ha copiado correctamente en el portapapeles
La Alianza contra el Borrado de las Mujeres respaldó este lunes la decisión judicial de no considerar un reciente asesinato en Marbella como violencia de género, en línea con lo que ha decidido el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, que ha señalado que el caso será investigado por una sección de instrucción y no por la especializada en violencia sobre la mujer, porque la víctima no se había inscrito con una nueva identidad femenina en el Registro Civil.
En un comunicado, la alianza indicó este lunes que "la cuestión no es la gravedad del crimen, que debe ser investigado y castigado con toda la contundencia del Código Penal, sino su correcta calificación jurídica". Así, esgrime que la Ley Orgánica 1/2004 de medidas de protección integral contra la violencia de género "no se aplica en función de identidades o percepciones subjetivas" y que su artículo 1 "delimita una realidad mediante condiciones objetivas: una mujer como sujeto pasivo; un hombre como sujeto activo que ejerce la violencia sobre esa mujer, que es o ha sido su cónyuge, pareja o expareja; y una violencia que sea manifestación de la discriminación, la situación de desigualdad y las relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres".
Para la organización feminista, en el caso de Marbella "no concurren ninguna de esas tres circunstancias en los términos en que las define la ley", pues entienden que no concurre el presupuesto legal de un hombre que ejerce violencia sobre una mujer que es o ha sido su pareja, ni puede calificarse esa relación como expresión de las relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres a las que se refiere el artículo 1 ya mencionado. El presunto autor, un hombre de 59 años que mantenía una relación de pareja con la víctima, se encuentra en prisión provisional y es investigado por un presunto delito de homicidio.
"Existía una relación de pareja, sí, pero entre dos personas del mismo sexo biológico y, en este caso, también del mismo sexo registral. Estamos, por tanto, ante violencia en el ámbito de la pareja que debe encuadrarse como violencia doméstica, sin perjuicio de la calificación penal concreta de los hechos, pero no estamos ante un supuesto de violencia de género de la Ley Orgánica 1/2004", apuntaron desde la Alianza contra el Borrado de las Mujeres.
(SERVIMEDIA)
17 Ago 2026
AHP/pai


