Laboral

La Fiscalía detecta situaciones de “escasa” coordinación con las fuerzas de seguridad para investigar accidentes laborales mortales

- Aunque se ha mejorado en los últimos años

MADRID
SERVIMEDIA

La Fiscalía General del Estado (FGE) considera que la coordinación con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado ha mejorado en los últimos años a la hora de recibir información para investigar accidentes laborales mortales, aunque en ocasiones todavía dicha coordinación es “escasa”.

En la Memoria de 2025, la Fiscalía explica que se ha procedido desde la Unidad especializada a facilitar a todos los delegados un contacto con las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado, con la finalidad de facilitar la coordinación con éstos ya que, “si bien en algunos casos ya existía una relación fluida, en otros muchos se puede catalogar como escasa”.

Además, confía en que esto sea “el punto de arranque en una más cercana relación y, a su vez, ello pueda repercutir en una más ágil investigación de los procedimientos de siniestralidad laboral”.

Mientras, en el año 2025, el número de expedientes de seguimiento incoados en relación con fallecidos fue de 190, algo por debajo de 2024, lo que coincide con un descenso en el número de óbitos por siniestralidad laboral que se produjo el pasado ejercicio.

La Fiscalía señala también que la digitalización de la unidad que se ocupa de esta materia ha resultado “satisfactoria”, ya que la totalidad de las comunicaciones y remisión de documentación por parte de las diferentes delegaciones se realiza por medios telemáticos, “con todos los beneficios que ello supone”. “En este ámbito de actuación la única perturbación o disfunción que se ha detectado en algunas ocasiones es la tardanza en remitir la citada documentación”, insiste.

Finalmente, sostiene que ya toman nota de los accidentes laborales desde el mismo momento en el que se dan a conocer en los medios de comunicación. Esto se hace con el fin de que por la fiscalía concernida se tomara conocimiento de la existencia del fallecimiento y por tanto de la incoación de las diligencias previas y, por otra parte, para que la respectiva delegación comunicara a la unidad el número de diligencias previas y órgano judicial al que hubiera correspondido la instrucción, para poder realizar un adecuado seguimiento del caso.

(SERVIMEDIA)
13 Sep 2026
DMM/MMR/clc/gja