GAL. COMIENZA LA CUNTA ATRAS EN EL CONGRESO PARA EL SUPLICATORIO DE BARRIONUEVO
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El presidente del Congreso de los Diputados, Félix Pons, recibió pasadas las 14 horas de hoy la petición de suplicatorio para el ex ministro JoséBarrionuevo, remitida por el presidente del Tribunal Supremo, Pascual Sala, según confirmaron a Servimedia fuentes judiciales. El Alto Tribunal estima que el ex ministro podría haber incurrido en los delitos de detención ilegal, malversación de caudales públicos y otro delito relacionado con banda armada, por lo que quiere citarlo a declarar como imputado.
Hora y media antes, sobre las 12,30 del mediodía, ya habían terminado de firmar el suplicatorio todos los magistrados de la Sala Segunda del Suprem a excepción del instructor del 'caso GAL', Eduardo Moner, y la Sala lo remitía a la Secretaría de Gobierno del Tribunal Supremo, para que el presidente, Pascual Sala, lo remitiera al presidente de la Cámara baja, Félix Pons.
El suplicatorio consta de una exposición elevada por el magistrado instructor, a la que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 755 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LEC), deben ir adjuntos los dictámenes del fiscal y las solicitudes de las partes.
A partir de hoy,el juez instructor del caso suspenderá sus actuaciones sobre Barrionuevo, "permaneciendo las cosas en el estado en que entonces se hallen, hasta que el Cuerpo Legislador respectivo resuelva lo que tenga por conveniente", de acuerdo con el artículo 753 de la LEC.
En cuanto a la tramitación del suplicatorio en el Congreso de los Diputados, su presidente tiene cinco días para remitirlo, previo acuerdo de la Mesa, a la Comisión del Estatuto de los Diputados.
TREINTA DIAS
Esta comisión deberá concedr audiencia a José Barrionuevo, quien podrá hacerlo por escrito u oralmente. En todo caso, la comisión tiene un plazo máximo de treinta días para concluir su trabajo.
Una vez estudiado el suplicatorio por la Comisión del Estatuto del Diputado, ésta confeccionará una propuesta debidamente documentada, que será sometida al primer pleno ordinario del Congreso.
Después de la votación, el presidente de la Cámara tiene un plazo de ocho días para dar traslado al Tribunal Supremo del acuerdo del pleno sore la concesión o denegación del suplicatorio, advirtiéndole de la obligación de comunicar a la Cámara los autos y sentencias que afecten personalmente al diputado.
El artículo 14.2 del Reglamento del Congreso contempla que "el suplicatorio se entenderá denegado si la Cámara no se hubiere pronunciado en el plazo de sesenta días naturales, computables durante el periodo de sesiones a partir del día siguiente al del recibo del suplicatorio".
El Supremo solicita el suplicatorio porque desea citar a eclarar a José Barrionuevo, ante las acusaciones que le señalan como presunto responsable de los mencionados delitos. Las pruebas existentes en la actualidad contra el ex ministro del Interior son "meramente indiciarias respecto de que puede haber determinados delitos con relación a un aforado y por ello se tramita el suplicatorio", según el magistrado ponente del 'caso GAL', Joaquín Delgado.
Delgado agregó que la Sala Segunda entiende que es necesario el suplicatorio para citar a declarar a Barrionueo "porque si le citamos y él no quiere venir, no tenemos fuerza para obligarle a venir, cosa que sí tenemos en relación a los citados normales".
(SERVIMEDIA)
30 Oct 1995
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