Declaración de la renta

Gestha alerta de que las deducciones por obras de eficiencia energética no constan en el borrador de la declaración de la renta

- Recomienda guardar documentos que podría solicitar la Agencia Tributaria

MADRID
SERVIMEDIA

El Sindicato de Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha) alertó este miércoles que las deducciones por obras de eficiencia energética “no constan” en el borrador de la declaración de la renta, por lo que recomienda recopilar la información que podría reclamar la Agencia Tributaria en un futuro, pues no es necesario aportarla al presentar la declaración.

Según el sindicato, será suficiente con guardar los certificados de eficiencia energética, contratos de ejecución de las obras, medios de pago o actas de juntas de comunidades de propietarios durante cuatro años desde el 30 de junio de 2023.

Gestha subrayó que, aunque estas deducciones son aplicables desde octubre de 2021, será en la declaración de la Renta de 2022 donde empezarán a aplicarse mayoritariamente, ya que se practican tras finalizar las obras, aunque permanecerán también durante 2023.

En cualquier caso, para beneficiarse en 2022, el certificado de eficiencia energética posterior a la finalización de las obras debió emitirse antes del 31 de diciembre, explicó Gestha. Sólo afectará a propietarios de viviendas habituales o propietarios de viviendas en alquiler o en expectativa de alquiler siempre que, en este último caso, la vivienda se alquile antes de 31 de diciembre de 2024, y las obras no se podrán pagar con dinero efectivo.

Las intervenciones que optan a estas deducciones son aquellas obras como la sustitución de ventanas por otras con doble acristalamiento o el cambio de una caldera por otra de biomasa, siempre que, tras estas obras, se haya reducido en un 7% la suma de los indicadores de demanda de calefacción y refrigeración.

La base máxima anual de esta deducción será de 5.000 euros y el porcentaje de deducción es del 20%. La deducción se practicará en el período impositivo en el que se expida el certificado de eficiencia energética emitido después de la realización de las obras.

Asimismo, también permiten beneficiarse aquellas que consisten en, por ejemplo, la instalación de paneles aislantes en las paredes y de aislamiento térmico en los falsos techos, instalación de sistemas de calefacción y de aire acondicionado por aerotermia.

El técnico competente tiene que certificar una reducción del 30% del consumo de energía primaria no renovable o bien una mejora de la calificación energética de la vivienda para obtener una clase energética ‘A’ o ’B’, explicó Gestha.

La base máxima anual de esta deducción será de 7.500 euros y el porcentaje de deducción es del 40%. La deducción se practicará en el período impositivo en el que se expida el certificado de eficiencia energética emitido después de la realización de las obras.

Por otro lado, hay deducciones por obras de rehabilitación energética de edificios de uso predominante residencial. La deducción se aplica desde el 6 de octubre de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2024, un año más, y se benefician aquellas obras destinadas a la mejora de la eficiencia energética del edificio en el que se ubica la vivienda.

La base máxima anual por declaración de esta deducción será de 5.000 euros anuales con un porcentaje de deducción del 60%. El exceso hasta 15.000 euros se puede deducir en los cuatro ejercicios siguientes. La deducción se practicará en el período impositivo en el que se expida el certificado de eficiencia energética emitido después de la realización de las obras.

(SERVIMEDIA)
05 Abr 2023
JMS/clc