Fiscal

El Gobierno adapta varios reglamentos impositivos a las directivas comunitarias

MADRID
SERVIMEDIA

El Consejo de Ministros aprobó este miércoles un real decreto por el que se modifican varios reglamentos impositivos. En concreto, el reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), el reglamento de los Impuestos Especiales y el reglamento de procedimientos amistosos en materia de imposición directa se modifican para adaptarse a diferentes directivas comunitarias.

Según consta en las referencias del Consejo de Ministros, el reglamento del IVA se modifica para adaptarse a la directiva europea 2020/284, de aplicación desde el 1 de enero de 2024, que obliga a los proveedores de servicios de pago a mantener registros suficientemente detallados de los pagos transfronterizos realizados en los que intervengan y a suministrar esta información a la Administración Tributaria cuando esté ubicado en un Estado miembro y el beneficiario esté situado en otro Estado miembro o en un tercer país.

La Agencia Tributaria garantizará que la tramitación de la información suministrada se realice con sujeción a las bases legales del modelo europeo de protección de datos.

También se regula en el reglamento la presentación de la declaración relativa a los registros que están obligados a mantener los proveedores de servicios de pago.

Por otra parte, la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023 ha introducido diversas modificaciones que exigen la adaptación del reglamento del IVA para la armonización y adaptación de su contenido a la normativa aduanera comunitaria.

En cuanto al reglamento de Impuestos Especiales, se modifica para adaptar la norma española a la directiva 2014/40 del Parlamento Europeo y del Consejo sobre disposiciones legales en materia de fabricación, presentación y venta de los productos del tabaco y los productos relacionados. Esta directiva comunitaria prevé que las unidades de envasado de los productos del tabaco se identifiquen de forma única y segura y se registren sus movimientos a fin de facilitar la trazabilidad y reforzar la seguridad de estos productos en la Unión.

Para ello, los Estados miembros deben garantizar que todas las unidades de envasado de productos del tabaco estén marcadas con un identificador único. Además del identificador único, deben exigir que se integre en todos los envases que se comercializan un marcado de seguridad que sea visible, indeleble e inamovible.

En un primer momento temporal de entrada en vigor de esta normativa, el 20 de mayo de 2019, solo estaban sujetos al sistema de trazabilidad y a las nuevas medidas de seguridad los cigarrillos y la picadura para liar; a partir del 20 de mayo de 2024 lo estarán los demás productos del tabaco.

Por último, con este real decreto se modifica el reglamento de procedimientos amistosos en materia de imposición directa para recoger la obligación de que las autoridades competentes comuniquen las causas de terminación del procedimiento amistoso a las demás autoridades competentes de los Estados Miembros afectados.

(SERVIMEDIA)
27 Dic 2023
MMR/clc