Violencia vicaria

El Gobierno aprueba la ley contra la violencia vicaria configurándola como agravante de la violencia de género

- Se incluyen cambios en la patria potestad y se refuerza la escucha de los menores

- Juventud e Infancia celebra que la ley recoja sus demandas

MADRID
SERVIMEDIA

El Consejo de Ministros aprobó este martes el anteproyecto de Ley contra la Violencia Vicaria en segunda vuelta, configurando la violencia vicaria como un agravante de la violencia de género.

Según informaron fuentes del Ministerio de Juventud e Infancia, se incluyen cambios en la patria potestad y se refuerza la escucha de los menores. Además, el departamento dirigido por Sira Rego celebró estas modificaciones en la norma, ya que formaron parte de sus demandas durante la elaboración del texto.

En concreto, Juventud e Infancia señaló que el nuevo texto, que se enviará al Congreso para iniciar su trámite parlamentario, elimina “la tipificación de la violencia vicaria como delito autónomo” y establece que “la violencia vicaria pasa a ser un agravante de la violencia de género”, una modificación que este departamento venía reclamando desde el pasado mes de febrero.

Según las mismas fuentes, este cambio, “siguiendo las advertencias de la Coordinadora Estatal para la Erradicación de la Violencia Vicaria y la Violencia de Género Institucional”, impide que las “madres protectoras queden en una situación de inseguridad jurídica, evitando así su criminalización”.

"EVITAR AUTOMATISMOS"

Asimismo, Juventud e Infancia dijo que, bajo la máxima de que “un maltratador no puede ser un buen padre”, la norma contempla que, antes de adoptar una decisión sobre guarda y custodia, “la autoridad judicial estará obligada a recabar informe del Ministerio Fiscal y escuchar a las personas menores de edad”, para “evitar automatismos” y garantizar “el derecho de los niños y adolescentes a ser escuchados y a ser protegidos”.

Además, recordaron que el texto prevé que, “cuando existan indicios fundados o cuando un progenitor esté incurso en un proceso penal iniciado por atentar contra la vida, la integridad física, la libertad, la integridad moral o la libertad sexual del otro cónyuge o sus hijos, se podrá acordar que la patria potestad sea ejercida de forma exclusiva por el otro progenitor”.

Por último, las fuentes celebraron “los cambios en el nuevo texto de la norma” y agradecieron “al movimiento feminista su empuje para lograr una ley que garantice los derechos de niños y de sus madres”.

Asimismo, añadieron que esta ley, junto con la ampliación de la Ley Orgánica de Protección Integral a la Infancia y la Adolescencia frente a la Violencia (Lopivi) “crea una red legislativa que protege de forma más contundente a la infancia frente a las violencias”, al garantizar los derechos de los menores y otorgar al Estado “un papel claro en su protección”.

(SERVIMEDIA)
14 Jul 2026
AGG/JNV/nbc