Laboral
El Gobierno aprueba en primera vuelta la nueva ley de prevención de riesgos laborales, centrada en las mujeres, la salud mental y la tecnología
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El Consejo de Ministros aprobó este martes el anteproyecto de Ley de Prevención de Riesgos Laborales, con el que se modernizará la legislación actual, que tiene más de tres décadas de vigencia, para incorporar una perspectiva de género y adecuarla al cambio climático y a los riesgos derivados de las tecnologías y psicosociales.
La norma proseguirá ahora con su tramitación y, antes de ser remitida al Parlamento, tendrá que ser aprobada de nuevo en Consejo de Ministros, ya como proyecto de ley. La norma fue negociada durante un año y medio con sindicatos y patronal, aunque el acuerdo lo suscribieron solamente al final el Ministerio de Trabajo, CCOO y UGT, con el rechazo de CEOE y Cepyme, que pidieron seguir dialogando.
En la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, la vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, señaló que “es mucho mejor” actuar de forma preventiva “que culpabilizar a la gente que se enferma”, aludiendo así a la preocupación que expresan las patronales por el repunte del “absentismo laboral” que se está produciendo en los últimos años.
“La Ley de Prevención de Riesgos Laborales fue una gran revolución”, reconoció Díaz, aunque desglosó numerosas carencias que tenía y señaló que era una norma “hecha por hombres y para hombres”. Además, señaló que no prevenir “sale muy caro” y explicó que, pese a la reducción del número de fallecimientos en los últimos años, todavía pierden la vida más de 700 personas al año por cuestiones relacionadas con su trabajo. “Poca broma con esto”, avisó Díaz, quien dijo que esta ley “va de la vida” de las personas.
Asimismo, la vicepresidenta segunda celebró que la nueva ley “corrige una desigualdad” que hay entre hombres y mujeres en materia de prevención, lo que se hace gracias a “feminizar” la normativa.
En su alocución, puso el foco también en la incorporación de las tecnologías, la inteligencia artificial y los algoritmos, ya que genera problemas en la desconexión digital y otros riesgos psicosociales.
La edad, las condiciones extremas que produce el cambio climático, los riesgos ergonómicos y musculoesqueléticos son otros aspectos que contempla la ley, según Díaz, que sentenció que la ley protege a todos los trabajadores, incluidos a los autónomos, cuyo índice de siniestralidad se ha disparado y estaban “huérfanos”.
Por otra parte, explicó que el acuerdo con los sindicatos para esta ley contempla el compromiso de aprobar un reglamento sobre riesgos psicosociales y otro sobre riesgos del cambio climático. Preguntada por críticas de una parte de los sindicatos por el “retraso”, la vicepresidenta clarificó que solo lo ha dicho una persona, a quien le dijo que “miente”, porque no hay un plazo fijado, aunque se comprometió a que ambos textos vean la luz antes del final de la legislatura.
CONTENIDO
El texto define ‘condición de trabajo’, incluyendo cualquier característica susceptible de afectar tanto a la salud física o mental de las personas trabajadoras o al desarrollo del trabajo incluyendo las derivadas del cambio climático y las catástrofes naturales.
La empresa deberá informar de los riesgos laborales en general, pero necesariamente también de los propios de cada actividad o función, así como de las medidas de protección aplicables. Por primera vez se alude expresamente a la salud mental y los riesgos psicosociales, que serán objeto de un reglamento específico. Todos los riesgos, también los psicosociales y climáticos y sus interacciones deberán tenerse en cuenta en la evaluación y en la planificación de medidas preventivas.
Será obligatorio adoptar medidas de actuación ante catástrofes y fenómenos meteorológicos adversos. También el trabajo deberá adaptarse a las características personales particulares como en los casos tras la ausencia prolongada por motivos de salud. Se establecerán procedimientos de retorno al trabajo, con actualización de la formación preventiva en determinados supuestos. Los equipos de protección individual también deberán adaptarse.
Por otra parte, la empresa ha de garantizar la protección de las personas trabajadoras frente a situaciones de violencia y acoso sexual o por razón de sexo. Y todo, mientras se obliga a evaluar los riesgos y a dar la formación suficiente a los empleados para proteger su salud.
Será obligatorio que los exámenes de salud sean específicos a los riesgos del puesto y se realizarán al inicio de la relación laboral, periódicamente y tras ausencias prolongadas del trabajo por motivos de salud. La persona trabajadora tendrá derecho a obtener una copia de su historia clínico-laboral o cualquier otro dato médico que conste en el servicio de prevención.
Con esta norma, también se limita la posibilidad de que la persona empresaria asuma personalmente las actividades de prevención a empresas de hasta diez personas trabajadoras con un único centro de trabajo y siempre que, además, aquella tenga la capacidad necesaria en función de los riesgos a los que estas estén expuestas y de la peligrosidad de las actividades
Se reduce el número de personas trabajadoras a partir del cual es obligatorio un servicio de prevención propio que deberá contar, al menos, con tres especialidades.
También se establece la obligación de designar agentes territoriales de prevención de ámbito autonómico que realizarán la prevención en las empresas de menos de diez personas trabajadoras. Estarán designados por las organizaciones sindicales y empresariales más representativas de cada sector.
(SERVIMEDIA)
28 Abr 2026
DMM/gja


