Fiscalidad
El Gobierno aprueba el proyecto de ley para transponer una parte de la nueva directiva europea del IVA digital
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El Gobierno aprobó este martes en segunda vuelta el proyecto de ley para transponer una parte de la nueva directiva europea sobre el IVA en la era digital (Directiva ViDA ‘VAT in the Digital Age’).
El Ministerio de Hacienda precisó en un comunicado que la directiva ViDA se inscribe dentro del Plan de Acción del IVA, presentado por la Comisión Europea en el año 2016, y que busca modernizar el sistema del IVA comunitario y adaptarlo a un mundo cada vez más digital.
Tras su aprobación en el Consejo de Ministros de este martes, el texto pasará a la etapa de tramitación parlamentaria para su debate en el Congreso de los Diputados.
El Plan de Acción del IVA pretende dotar al sistema tributario de nuevas herramientas para combatir el fraude y reducir las cargas administrativas que soportan empresarios y profesionales. Con ello se pretende favorecer el desarrollo del comercio electrónico y de la economía digital.
La primera fase de su implementación entró en vigor el 1 de julio de 2021, con el denominado paquete de comercio electrónico, que introdujo por primera vez una regulación exhaustiva del IVA aplicable a la economía digital.
Entre sus principales novedades, se estableció que los Estados miembros recaudarían el IVA correspondiente a las adquisiciones de bienes y servicios realizadas por sus consumidores, con independencia del lugar de establecimiento del proveedor o del origen de los bienes.
Asimismo, se amplió y generalizó el uso de los sistemas de ventanilla única para la liquidación del impuesto derivado de estas operaciones, de forma que se redujeron las obligaciones de registro para las empresas que operan en Estados miembros en los que no están establecidas.
Además, para reforzar la recaudación, se atribuyó a los titulares de interfaces digitales que facilitan el comercio electrónico un papel activo como colaboradores en la gestión y control del impuesto.
Por su parte, la directiva ViDA avanza en la adaptación del sistema IVA al entorno digital en la lucha contra el fraude intracomunitario, en la reducción de cargas administrativas y de registro, y en el refuerzo del papel de las plataformas digitales en la gestión y recaudación del impuesto.
La transposición de la Directiva ViDA se llevará a cabo en varias fases, si bien las más importantes comenzarán el 1 de julio de 2028 y el 1 de julio de 2030. No obstante, algunas modificaciones de carácter técnico serán aplicables desde el 1 de enero de 2027, y son las que aborda el texto aprobado en el Consejo de Ministros de este martes.
MODIFICACIONES
Las modificaciones propuestas buscan clarificar y mejorar la aplicación de los tres regímenes especiales de ventanilla única en el IVA. Entre los cambios más destacados se encuentra la ampliación del ámbito del régimen exterior de la Unión para incluir los servicios prestados a consumidores no establecidos en la UE.
También la obligación de nombrar un representante para los empresarios o profesionales no establecidos en la Unión que soliciten la devolución del IVA soportado en operaciones declaradas a través de los regímenes especiales de ventanilla única.
Asimismo, introduce diversos ajustes técnicos menores destinados a perfeccionar el funcionamiento de dichos regímenes.
(SERVIMEDIA)
16 Jun 2026
NFA/clc


