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EL GOBIERNO REGULA LAS CONDICIONES TÉCNICO-SANITARIAS DE LOS ENVASES DE CERÁMICA PARA ALIMENTOS

MADRID
SERVIMEDIA

El Consejo de Ministros aprobó hoy un real decreto que traspone al ordenamiento jurídico español la directiva 2005/31/CE, en el que aprueba las normas técnico-sanitarias aplicables a los objetos de cerámica destinados a ser envases o menaje para alimentos.

Según el Ministerio de Sanidad y Consumo, el real decreto introduce un mayor control de estos productos para garantizar su seguridad y, por lo tanto, la del alimento en contacto con la cerámica.

Concretamente, el decreto establece la obligación de que en las fases de comercialización, incluida la venta al por menor, los objetos de cerámica que aún no estén en contacto con productos alimenticios vayan acompañados de una declaración por escrito que certifique su conformidad con las normas que les sean aplicables.

El fabricante o importador deberá conservar y poner a disposición de las autoridades competentes nacionales, cuando se lo soliciten, la documentación que demuestre que los objetos de cerámica cumplen los límites de emigración de plomo y de cadmio establecidos, que este Real Decreto no modifica.

El real decreto aprobado hoy prohíbe, a partir del 20 de mayo de 2007, la fabricación e importación de objetos de cerámica destinados a entrar en contacto con los productos alimenticios que no se ajusten a esta norma, si bien permite la comercialización de aquellos que estén ya en el mercado hasta la finalización de sus existencias.

(SERVIMEDIA)
21 Jul 2006
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