Corrupción

El Gobierno remite al Congreso la Ley Orgánica de Integridad Pública

MADRID
SERVIMEDIA

El Gobierno aprobó este martes en segunda vuelta el proyecto de Ley Orgánica de Integridad Pública, una norma dentro del Plan Estatal de Lucha contra la Corrupción, y lo remitirá al Congreso para iniciar su tramitación parlamentaria.

El objetivo de esta norma es “cerrar los huecos a la corrupción” en cualquier fase de su ciclo y abordar mejor la detección de conductas reprochables y su investigación.

El texto recoge un endurecimiento de las penas aplicables a las personas jurídicas, ampliará de cinco a siete años la prescripción de determinados delitos y reforzará la valoración de la reparación económica para acceder al tercer grado. También se mejorarán los instrumentos de localización, preservación y decomiso de activos.

El Ministerio de Hacienda recordó en un comunicado que el espíritu de la norma es garantizar que los recursos públicos se gestionen con honestidad, eficacia y al servicio del interés general. Por ello, también se dará mayor protección a quienes informen de posibles irregularidades y se endurecerán las sanciones a quienes sean declarados culpables, así como otras medidas coercitivas, como el refuerzo de la transparencia de la prohibición de contratar con la Administración si se cometen delitos en el ámbito de la contratación pública.

El texto aprobado este martes en el Consejo de Ministros ya se sometió a los trámites de audiencia e información pública, que permitieron reforzar el diseño de instrumentos como la futura Agencia Independiente de Integridad Pública. Asimismo, se introdujeron cambios relevantes en lo que respecta a la regulación de las sociedades de capital o en la creación de unidades de auditoría interna.

A esto hay que añadir la ampliación de delitos que impliquen la reparación económica de lo sustraído y la limitación del acceso a beneficios penitenciarios, incluyendo también delitos contra la Hacienda Pública y la Seguridad Social, frustración de la ejecución vinculada a créditos públicos, alteración de precios en concursos y subastas públicas o corrupción en los negocios.

Hacienda incidió en que esta Ley Orgánica cuenta con el dictamen favorable del Consejo de Estado, cuyas observaciones han contribuido “a hacer una norma técnicamente más solvente”. A la vez, se incluyeron las observaciones realizadas por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y el Consejo Fiscal, entre otras las relacionadas con el catálogo de delitos que deben reformarse para que sus efectos sean más contundentes frente a los corruptos.

MODIFICACIONES LEGISLATIVAS

La premisa de esta norma es combatir todo el ciclo de corrupción, por lo que se modificarán diversas leyes, seis de ellas orgánicas, para dar un nuevo impulso a las buenas prácticas en determinados ámbitos sensibles.

Esto afectará a las legislaciones del régimen electoral, a la financiación los partidos políticos, al régimen penitenciario, al Poder Judicial y a la protección de datos, junto a varios artículos del Código Penal.

Para impulsar una cultura de la integridad, se diseñará un marco estratégico con una periodicidad determinada y con en planes de acción articulados a través de encuestas, campañas institucionales y formación para empleados públicos.

En lo que respecta a la prevención, se desplegarán herramientas para ayudar a detectar los posibles riesgos asociados a la gestión de recursos públicos y se analizarán las posibles influencias indebidas en materia de recursos humanos.

La norma también dará más peso a las unidades de auditoría interna obligatoria para reforzar el control interno, con la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE) encargada de controlar estas cuestiones.

ÁMBITOS SENSIBLES

La ley se centra en tres ámbitos para reforzar el control y la prevención de la corrupción: las sociedades mercantiles, la contratación pública y la financiación de los partidos políticos.

En el ámbito de las empresas, se buscará conocer quiénes están al frente de ellas o cómo se han realizado transmisiones de las participaciones vinculadas a estas. Las transmisiones y gravámenes de participaciones sociales deberán inscribirse de forma obligatoria en una sección especial del Registro Mercantil, y podrán formalizarse mediante documento privado electrónico, documento judicial o administrativo, o por escritura pública de forma voluntaria.

En el ámbito de la contratación pública, se fomentarán medidas como la contratación centralizada, pliegos tipo, procedimientos estandarizados o las mesas de contratación más profesionalizadas. En los contratos de especial riesgo, los pliegos deberán prever como condición especial de ejecución que determinadas empresas adjudicatarias que no sean pymes dispongan de un modelo de gestión de integridad y prevención de delitos. Por otro lado, cabe destacar también que podrán utilizarse pactos de integridad de adhesión voluntaria y mecanismos de monitorización.

En lo que respecta a los partidos políticos, se prohibirá la financiación a través de criptoactivos y se reforzarán las restricciones y controles sobre la financiación procedente de Gobiernos, organismos, entidades o empresas públicas extranjeras o vinculadas a ellos. Además, los partidos políticos no podrán aceptar publicidad gratuita en entornos como las redes sociales para evitar actuaciones que puedan interferir en un desarrollo normal de los procesos electorales o la actividad política y parlamentaria del país.

Además, se reformula el régimen sancionador sobre publicidad de donaciones o aportaciones, y se distingue entre infracciones graves y leves en función del importe no publicado. Muchas de estas novedades derivan de las aportaciones del Tribunal de Cuentas.

AGENCIA INDEPENDIENTE DE INTEGRIDAD PÚBLICA

La Agencia Independiente de Integridad Pública es el eje del nuevo sistema y unificará al Servicio Nacional de Coordinación Antifraude de IGAE, la Autoridad Independiente de Protección del Informante y la Oficina de Conflictos de Intereses.

La Agencia asumirá funciones vinculadas al Sistema de Integridad de la AGE y funciones de la Oficina Independiente de Regulación y Supervisión de la Contratación (OIReScon). También se encargará de funciones en materia de estrategia, investigación administrativa, protección de informantes, grupos de interés, análisis de huella normativa contra la corrupción normativa, contratación pública, subvenciones, conflictos de interés, análisis de datos frente a la corrupción, sancionadora o formación e impulso de una cultura de integridad.

El presidente o presidenta de la Agencia será elegido a través de una convocatoria pública abierta, y se exigirá una mayoría reforzada en el Congreso para confirmar su nombramiento.

La Agencia dará una importancia fundamental a la protección al informante, de forma que las personas que adviertan sobre prácticas posiblemente fraudulentas en el ámbito público estarán respaldadas con medidas cautelares frente a posibles represalias y contarán con apoyo psicológico y financiero o indemnizaciones por posibles daños o lucro cesante.

Para hacerlo aún más efectivo, se modifica la Ley Orgánica del Poder Judicial para habilitar al CGPJ a especializar plazas y secciones de los Tribunales de Instancia y de las Audiencias Provinciales en delitos de corrupción y otras materias relacionadas.

SANCIONES Y RECUPERACIÓN DE LO ROBADO

La Ley de Integridad Pública también busca la recuperación de los recursos públicos detraídos por empresas o personas que realicen actuaciones corruptas. También se prevé que se les prohíba volver a acceder a los ámbitos en los que desplegaron esas malas prácticas.

Esto se hará a través de una reforma en el Código Penal, que endurecerá hasta un máximo de 20 años la pena de inhabilitación para obtener subvenciones o ayudas del Estado, el acceso a contratos del sector público o beneficios en determinados tributos o en la Seguridad Social.

El proyecto refuerza el denominado ‘blacklisting’ mediante la imposición obligatoria, en determinados delitos, de la pena de inhabilitación para contratar con el sector público. De forma simultánea, se refuerza la publicidad del Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas respecto de las prohibiciones de contratar vigentes.

Esto irá acompañado de un aumento de los plazos de prescripción hasta los siete años en los delitos contra la Administración pública, como solicitaron el CGPJ y el Consejo Fiscal. Estos abarcan desde la alteración de precios en concursos y subastas públicas, la corrupción en los negocios, el blanqueo de capitales, la financiación ilegal de partidos hasta los delitos contra la Hacienda pública. También se contempla en este endurecimiento la prevaricación urbanística, los ataques al patrimonio histórico o el contrabando.

Por otro lado, el retorno de los fondos corrompidos estará vinculado al acceso a beneficios, como el tercer grado penitenciario. La Oficina de Recuperación y Gestión de Activos (ORGA) ganará peso y contará con una mejor gestión de bienes embargados y decomisados. Además, podrá actuar antes de que esos objetos pierdan valor, en la línea de la última directiva europea.

También se amplían los supuestos en los que un juez o tribunal podrá acordar el decomiso sin condena cuando el proceso penal no pueda concluir con sentencia por determinadas circunstancias legalmente previstas.

Además, se introduce el decomiso de patrimonio no explicado vinculado a actividades delictivas desarrolladas en el marco de una organización criminal, siempre mediante resolución judicial motivada.

Para facilitar esta labor, será clave la colaboración internacional y el trabajo conjunto con la Fiscalía Europea, Europol y Eurojust.

(SERVIMEDIA)
28 Jul 2026
NFA/clc