Fiscal

El Instituto Coordenadas se queja de la litigiosidad de la Agencia Tributaria

MADRID
SERVIMEDIA

El Instituto de Coordenadas de la Gobernanza y Economía Aplicada (Icgea) se quejó este miércoles de “altos índices de litigiosidad adversa” de la Agencia Tributaria con los contribuyentes y destacó la “acción correctora” que están ejerciendo los tribunales administrativos y judiciales sobre actuaciones del organismo.

En un comunicado, la organización señaló los “continuos fallos en contra” recibidos por la Agencia Tributaria por parte de la Audiencia Nacional, el Tribunal Supremo, el Constitucional y los tribunales europeos.

El Instituto de Coordenadas lo atribuyó principalmente a que “prima la cantidad e importe de las actuaciones tributarias en lugar de la calidad y eficaz recaudación”. Esto se vería impulsado por la retribución variable que reciben los inspectores por productividad, de manera que pesaría “el volumen de actuaciones y sanciones en las que intervienen, con independencia de que éstas acaben finalmente siendo revocadas”, según señaló la organización.

El vicepresidente ejecutivo del Instituto Coordenadas, Jesús Sánchez Lambás, afirmó que “la proliferación de actuaciones de la Agencia Tributaria desautorizadas por los escasos mecanismos de defensa del contribuyente podría condicionar la imparcialidad de los funcionarios, con acumulación insólita de fallos judiciales que están cuestionando la aplicación e interpretación de las normas tributarias por parte de Hacienda, evidenciando la inseguridad jurídica”.

El Instituto cita ejemplos como la anulación de multas del modelo 720 para declarar bienes y activos en el extranjero; el caso del futbolista Xabi Alonso, absuelto de fraude a Hacienda por la Audiencia Provincial de Madrid y ratificado por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid; la resolución en contra de posibilitar la entrada en el domicilio particular o social del contribuyente por sospecha de fraude; o el rechazo a apremiar al cobro de las deudas tributarias sin contestar al recurso de reposición del contribuyente.

En el caso de Xabi Alonso, estaba acusado de tres delitos contra la Hacienda Pública en los ejercicios 2010, 11 y 12 y de utilizar una empresa radicada en Madeira para reducir su factura fiscal, un delito por los que la fiscalía pedía dos año y medio de prisión. Fue absuelto por la Audiencia Provincial de Madrid, al considerar el fallo que había tributado legalmente sus ingresos y que se acogió a la opción fiscal más ventajosa para la explotación de sus derechos de imagen. El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid ratificó la sentencia de la Audiencia Provincial, descartando la existencia de simulación.

Entre las sentencias en contra de la Agencia Tributaria emitidas en los últimos años por el Tribunal Supremo, según el Instituto Coordenadas, destacan en 2022 la derrota de Hacienda frente a la reclamación de un impuesto del 19% por los dividendos de los fondos de inversión obtenidos por no residentes en España, lo que llevó a decenas de 'hedge funds' europeos a reclamar ante los tribunales por discriminación, ya que, en el caso de los residentes, se grava con un impuesto del 1% sobre los dividendos.

También la anulación de las multas del modelo 720, al considerar el Supremo que la regulación interna es contraria al principio de libre circulación de capitales amparado por el derecho de la Unión Europea y como había puesto ya de manifiesto el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Una sentencia que ha fijado jurisprudencia y declarado la nulidad con efecto retroactivo de las multas impuestas por la Agencia Tributaria por informar fuera de plazo sobre bienes y activos en el extranjero mediante el modelo 720, aunque ya diferentes tribunales habían procedido a su anulación.

El Instituto Coordenadas recuerda diferentes casos, como cuando en 2022 el Supremo también falló en contra del criterio de la Agencia Tributaria, determinando que los gastos financieros de las empresas sí pueden formar parte de los desembolsos de la base imponible del Impuesto de Sociedades, siempre y cuando las operaciones estén directamente ligadas con la actividad empresarial.

En 2020, el Supremo emitió una de las sentencias con mayor impacto en la AEAT en los últimos tiempos al dictar una resolución que impide a Hacienda entrar en el domicilio particular o social de contribuyente por mera sospecha de fraude. Dicho criterio ha sido reiterado por el Tribunal Supremo en diversas sentencias. El Supremo también ha blindado a los contribuyentes ante la práctica de la AEAT de apremiar al cobro de las deudas tributarias sin contestar al recurso de reposición del contribuyente, manifestado que es deber de la Administración examinar el recurso del ciudadano y responder de forma expresa, y no por silencio, antes de dictar una providencia de apremio que le legitime al cobro con los consiguientes recargos.

Los motoristas Sito Pons y Jorge Lorenzo, o el empresario José María Aristrain son otros casos conocidos que, tras ser juzgados, los tribunales han dictaminado que las millonarias deudas tributarias pretendidas por la Administración Tributaria no eran conformes a Derecho. Por último, el Instituto Coordenadas menciona la reciente sentencia del Tribunal Supremo, de 23 de febrero de 2023, en un recurso de casación promovido por el Real Madrid Club de Fútbol, anula la liquidación practicada por la AEAT, así como la sanción impuesta, reiterando los criterios jurisprudenciales acerca de las facultades de calificación de la Administración y destacando el abuso y extralimitación con que la AEAT ejerce dichas facultades. Llegando al punto de que en un voto particular un Magistrado del Tribunal supremo califico las pretensiones de autorregulación como “un Guantánamo jurídico”.

Desde la Agencia Tributaria recuerdan a Servimedia los datos del último informe sobre el seguimiento de los indicadores fijados en el Plan Estratégico 2020-2023, entre los que se encuentra uno referido a la conflictividad tributaria. Éste refleja que el indicador de conflictividad absoluta (recursos y reclamaciones sin previa reposición interpuestos durante el período) “se mantiene estable” y la conflictividad relativa (relaciona actos reclamados con la totalidad de actos emitidos recurribles) “presenta un decremento desde el 2,21% en 2017 hasta el 1,95% en 2021”.

Por último, durante el año 2021, el 62,2% de las resoluciones de los Tribunales Económico-Administrativos y el 84,5% de sentencias de los Tribunales Contencioso-Administrativos fueron favorables a la Agencia Tributaria. El fuerte incremento del porcentaje favorable a la Agencia Tributaria en el ámbito contencioso-administrativo viene dado por el desistimiento de los recurrentes en algo más de 11.000 recursos contra actos en materia del Impuesto sobre el Valor de la Producción de Energía Eléctrica, ante la jurisprudencia establecida en la sentencia del Supremo del 8 de junio de 2021. En cuanto a las resoluciones en la vía económico-administrativa, el porcentaje es similar al de 2020.

(SERVIMEDIA)
24 Mayo 2023
s/clc