Gestación subrogada

El Instituto de las Mujeres logra una sentencia contra un despacho de abogados por publicidad de gestación subrogada

MADRID
SERVIMEDIA

El Instituto de las Mujeres ha logrado una nueva sentencia favorable contra la promoción de la gestación por sustitución después de que un juzgado de A Coruña condene a un despacho de abogados a cesar toda actividad publicitaria o promocional relacionada con esta práctica en España.

Según informó este jueves el Instituto de las Mujeres, la plaza número 2 de la Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de A Coruña establece en su sentencia la prohibición de cualquier actividad publicitaria o promocional, también de cara al futuro.

Además, señala que el despacho de abogacía demandado incita a la contratación de la gestación por sustitución basándose en un asesoramiento legal a las familias para llevar a cabo esta práctica, y con ello, la fomenta.

El citado despacho, en su perfil de una red social se publicita como un servicio que responde a “nuevas demandas sociales en el campo de la maternidad” sintiéndose “en la obligación moral” de ofrecer a través de una unidad especializada información sobre distintos aspectos de este, finalizando con el slogan “¿Estás preparado para querer?”.

La sentencia del tribunal gallego concluye que esta actuación, “que incluye la promoción del asesoramiento sobre a qué países acudir y sobre los requisitos médicos y legales exigidos para la gestación por sustitución (actividad prohibida en España)” va más allá de la promoción del asesoramiento jurídico posterior a esta práctica.

Por ello, se integra en el concepto de publicidad del artículo 2 de la Ley General de Publicidad, como “una comunicación realizada en el ejercicio de una actividad profesional con el fin de promover de forma directa o indirecta la gestación por sustitución”.

Así pues, la sentencia sostiene que “no puede confundirse la promoción de este asesoramiento con el mensaje que emite este despacho, en el que claramente se incita a las familias a recurrir a la gestación por sustitución”. El Instituto de las Mujeres señaló que la gestación por sustitución constituye una forma de violencia contra las mujeres y vulnera sus derechos sexuales y reproductivos.

LA DEMANDA

En enero de 2025, el Instituto de las Mujeres envió un informe jurídico a la Abogacía del Estado con las 334 quejas recibidas por la promoción comercial de la gestación por sustitución en páginas webs y redes sociales. Con este informe, la Abogacía, en representación del Instituto de las Mujeres, interpuso en julio de 2025 una demanda frente a varias entidades que publicitan sus servicios de gestación por sustitución a través de sus páginas web y redes sociales, lo que supuso un hito en la persecución de esta práctica, ya que era la primera vez que se iniciaban acciones legales contra la promoción de una práctica prohibida en nuestro país y cuya publicidad es ilícita.

La demanda se sumó además a la Instrucción de 28 de abril de 2025, impulsada por el Gobierno, sobre la actualización del régimen registral de la filiación de los nacimientos mediante gestación por sustitución, por la cual los bebés nacidos a través de esta práctica en el extranjero tendrán que ser inscritos en el Registro Civil mediante filiación biológica o por filiación adoptiva posterior.

El pasado mes de junio, el Instituto de las Mujeres celebró una sentencia del Tribunal de Instancia de Madrid que condenaba a una de las agencias incluidas en la citada demanda, a cesar sus acciones publicitarias sobre gestación por sustitución por ser ilícitas y desleales, tras una demanda de la Fiscalía de Madrid.

Aunque el proceso judicial continúa respecto del resto de entidades demandadas, considera que estos pasos constituyen un avance relevante en la defensa de los derechos de las mujeres y en la lucha contra la mercantilización de sus cuerpos.

(SERVIMEDIA)
09 Jul 2026
AGG/gja