Mayores
Un juez concluye que no consta un informe técnico que justificara el desalojo "imperativo" de los apartamentos San Francisco
- El PSOE afirma que el auto "pone en evidencia" las decisiones del Ayuntamiento
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El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 13 de Madrid ha denegado la autorización solicitada por el Ayuntamiento de la capital para desalojar a un residente de los apartamentos municipales para mayores San Francisco con el fin de realizar obras de rehabilitación.
En el auto, el magistrado Jaime Macho Martín señala que no existe un informe técnico que justificara la necesidad "imperativa" de desalojar los apartamentos a la que aludió el Ayuntamiento cuando abandonaron el inmueble los primeros residentes.
En la resolución, fechada el 2 de julio de 2026, se deniega la solicitud del Ayuntamiento de Madrid para entrar en el apartamento nº 308D del inmueble de titularidad municipal "Apartamentos para Mayores San Francisco" para proceder al desalojo forzoso de un residente de los 61 que vivían en este lugar.
El Consistorio había pedido la autorización judicial para ejecutar una resolución de la Dirección General de Gestión del Patrimonio que requería al inquilino el desalojo temporal del apartamento por un plazo de catorce meses para acometer un proyecto de "subsanación de patologías". El Ayuntamiento alegaba que el edificio se encuentra en un estado "muy envejecido", con una normativa de protección contra incendios "obsoleta", patologías estructurales y problemas de climatización y humedades. Para justificar la necesidad de desalojo, se amparaba en una nota interna que afirmaba: "El inicio de las obras contempladas en el proyecto no puede tener lugar si el edificio no se encuentra completamente libre de ocupantes".
FALTA DE JUSTIFICACIÓN TÉCNICA
Sin embargo, el juez considera que esta previsión, basada en una "mera alusión a una 'nota interna'", no está "suficientemente justificada". La resolución judicial subraya que no consta en el expediente "un informe de naturaleza técnica que presente las explicaciones o justificaciones que hacen imperativa la necesidad" del desalojo. El auto añade que "no queda absolutamente descartado que no se puedan compatibilizar las obras de rehabilitación con la permanencia en el inmueble del interesado" y que la Administración debería haber aportado una prueba "más sólida y evidente".
Por todo ello, el magistrado concluye que la suspensión temporal del derecho a la residencia del inquilino "carece de acreditación técnica suficiente" y deniega la autorización de entrada. La resolución puede ser recurrida en apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
La concejala socialista Ana Lima explicó este lunes en declaraciones difundidas por su partido que el auto "deja en evidencia" al Gobierno municipal porque rechaza que hubiera un informe técnico que "avalara" el desalojo completo de los edificios tal y como se pretendió. "Esto no es una buena gestión, es opacidad, insensibilidad e irresponsabilidad política", afirmó la edil.
LOS VECINOS REUBICADOS
Durante los desalojos que se realizaron el año pasado, el Ayuntamiento ofreció a los mayores que allí residían distintas alternativas habitacionales mientras duraran las obras, que la mayoría de ellos fueron aceptando.
No obstante, hubo residentes de cuatro apartamentos que se negaron a dejar sus casas, uno de ellos al que se refiere el auto del juez.
En aquel momento, el alcalde de Madrid, José Luis Martínez-Almeida, aseguró que "desalojar" era “imprescindible” y que se había dado “todo tipo de alternativas habitacionales” a los residentes, aunque algunos no quisieron aceptarlas de "ninguna manera”. Argumentó que el Ayuntamiento tiene “una doble responsabilidad”, primero con los residentes que “sí han entendido la situación y que sí han accedido a las diversas soluciones” y, por otra parte, con la “seguridad del edificio”.
(SERVIMEDIA)
13 Jul 2026
JAM/nbc


