EL JUEZ GARZON DECRETA EL PROCESAMIENTO DE AL KASAR POR PERTENENCIA A BANDA ARMADA, ASESINATO Y OTROS NUEVE DELITOS

MADRID
SERVIMEDIA

El juez Baltasar Garzón dictó hoy auto de procesamiento contra el traficante de armas sirio Monzer Al Kasar, por delitos de pertenencia a banda armada, asesinato y otros nueve delitos, por su vinculación directa cn los grupos terroristas palestinos que llevaron a cabo el secuestro del buque italiano "Achille Lauro" y el atentado contra Elías Awad.

Para el juez, "existen indicios racionales suficientes y abundantes" para imputar a Al Kasar un total de once delitos: pertenencia a banda armada, asesinato frustrado, detención ilegal, piratería, asesinato consumado (estos tres por el secuestro del navío), receptación, falsificación y alteración de placas de matrícula, falsificación de documentos, tenencia de útilespara la falsificación, depósito de armas de guerra y tenencia ilícita de armas.

Según consta en el escrito del juez, en el que declara también la responsabilidad civil del traficante en 2.000 millones de pesetas por cobijar y facilitar las armas a los autores de estas acciones, Al Kasar estaba vinculado desde 1982 con grupos terroristas escindidos de la OLP, en concreto con el Frente Popular para la Liberación de Palestina (Abbu Abbas), en el que militó.

La colaboración del traficante se ciñe al uministro de armas que obtuvo de los depósitos instalados en las inmediaciones de Varsovia y a la financiación económica del grupo a través de una cuenta corriente abierta en una sucursal del BBV en Marbella, donde residía desde 1984, cuya titularidad compartía con el propio Abbu Abbas.

El juez implica de forma directa al traficante en el atentado frustrado contra Elías Awad, supuesto confidente del Mossad (servicio secreto israelí), perpetrado en Madrid el 3 de noviembre de 1984.

Según las invesigaciones, el procesado fue quien pagó todos los gastos de alojamiento de Kamal Abdul Gawad Ghazoul, Yousef Ahmad Saad y Mohamed Gadahn -para los que Garzón dicta también auto de procesamiento-, a los que facilitó la información sobre la víctima y el arma con la que perpetraron el atentado, en el que el libanés resultó gravemente herido.

La policía detuvo a Gawad Gazhoul, que durante todo el tiempo que permaneció en prisión fue atendido por el traficante, que pagó su fianza y su huida posterior de Espña.

Asimismo, Al Kasar figura en el auto como la persona que facilitó las armas utilizadas por los secuestradores del buque italiano "Achille Lauro" en aguas del Mediterráneo, a la altura del puerto de Alejandría (Egipto), el 7 de octubre de 1985.

El traficante transportó el armamento directamente desde Varsovia a Túnez, donde las entregó a un miembro de Frente de Liberación de Palestina, que a su vez se las dio a Abu Omar El Houmsi, uno de los secuestradores que ejecutaron a un súbdito estadouniense durante la acción.

Garzón estima que la Audiencia Nacional es competente para juzgar a Al Kasar por estos hechos dentro del marco de actividades terroristas de la organización Abbu Abbas, de acuerdo con la legislación vigente en España y el convenio europeo sobre represión del terrorismo de Estrasburgo y el convenio sobre alta mar de Ginebra.

No obstante, la sala está aún pendiente de resolver sobre la competencia del juzgado, así como el recurso presentado por la defensa de Al Kasar contra l auto de prisión, ya que cuestiona la colaboración de su cliente en estas actividades.

Al Kasar facilitó asimismo, según Garzón, diverso armamento en 1985 a miembros del grupo terrorista en París y Amsterdam "para que fueran utilizadas en acciones terroristas".

El escrito hace referencia también al armamento, joyas y 13 vehículos robados (entre ellos 3 BMW, 2 Rolls Royce, 1 Porsche y 2 Mercedes) con placas y certificados de matriculación falsos, encontrados en la vivienda marbellí de Al Kassar. El procesamiento del traficante, detenido el pasado mes de marzo en su domicilio cuando esperaba un cargamento de armas, dificulta la concesión de la extradición pedida por las autoridades argentinas, que reclaman al sirio por delitos de falsificación, pendiente también de resolución.

Según fuentes de la Audiencia Nacional, el traficante no sería entregado hasta que fuese juzgado en España. En el caso de que el tribunal le condenara, las autoridades españolas podrían acceder a extraditar al traficnte de forma temporal, de acuerdo al artículo 19 del convenio europeo.

Esta normativa permite la entrega temporal de un procesado para que sea juzgado en otro país, siempre y cuando la pena a imponer sea muy pequeña. Una vez cumplida la condena, el procesado es devuelto al país que concedió la extradición. Esta fórmula es aceptada en Italia, España, Grecia y Alemania, pero sin embargo países como Francia, Estados Unidos e Inglaterra no la aceptan.

(SERVIMEDIA)
05 Nov 1992
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