Caso Koldo

El juez Puente deja en libertad a Koldo pese a los “sólidos indicios de criminalidad”, al no apreciar riesgo de fuga

MADRID
SERVIMEDIA

El magistrado del Tribunal Supremo (TS) Leopoldo Puente ha dejado en libertad a Koldo García, el que fuera asesor del exministro José Luis Ábalos, pese a los “sólidos indicios de criminalidad” que pesan en su contra, al no apreciar riesgo de fuga, peligro de reiteración delictiva o de destrucción de pruebas, y mantiene las medidas cautelares que ya tenía impuestas: comparecencias quincenales y prohibición de salir de España con retirada del pasaporte.

El juez asegura en su auto que existen indicios consistentes sobre la posible implicación del exasesor del que fuera ministro de Transportes en la comisión de varios delitos, pero descarta que haya cambios en el nivel de riesgo de las tres situaciones que pueden motivar un ingreso en prisión.

Esta ha sido también la postura que ha sostenido el fiscal jefe Anticorrupción, Alejandro Luzón, que no solicitó prisión provisional para Koldo, ni tampoco para su exjefe. Las que si han solicitado esa medida son las acusaciones populares, bajo la dirección del Partido Popular, por sospechar que el investigado podía tener fondos en el extranjero.

El auto indica que los indicios de criminalidad contra Koldo “persisten e incluso aparecen seriamente consolidados” tras el último informe de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil y que hay elementos que señalan su posible participación en los delitos de organización criminal, tráfico de influencias, cohecho y, “tal vez”, en el delito de malversación de fondos públicos.

El instructor explica en su escrito que la prisión provisional es una medida “de carácter excepcional” y que en caso de no cumplirse los requisitos establecidos en la Ley de Enjuiciamiento Criminal no se debe aplicar. Destaca, asimismo, que hasta ahora, García ha cumplido “rigurosamente” con las medidas cautelares vigentes.

Koldo García se acogió este jueves a su derecho a no declarar con el argumento de que el Supremo no le devuelve sus teléfonos. El exasesor ha justificado su decisión en que no tiene acceso a sus dispositivos, que siguen custodiados en el Tribunal Supremo.

En esta línea, el exasesor aseguró sentirse “indefenso” en el proceso judicial al no contar con los medios necesarios para defenderse. El fiscal Jefe Anticorrupción no pidió prisión para él pero le reprochó su “locuacidad en los medios”, que contrasta con el silencio que mantienen ante el juez

INFORME DE LA UCO

Según el último informe de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil, Ábalos dispuso de más de 95.000 euros en metálico que no tendrían respaldo en los ingresos regulares del exministro. Ese dinero habría sido gestionado por Koldo y por su entonces esposa, que se hacían cargo de los pagos de su jefe, como por ejemplo la pensión alimenticia de uno de sus hijos, el servicio doméstico, regalos a amigos y diversos gastos corrientes.

La Guarda Civil también registró el pago con dinero en metálico desde el PSOE tanto a Koldo como a Ábalos. Algunos de esos pagos tienen respaldo documental y corresponden a compensaciones por gastos realizados por ambos, pero de otros dice que no se ha encontrado justificación.

El informe recoge que en las conversaciones de Koldo y su exesposa Patricia Uriz se hablaba del dinero llamado “chistorras” a los billetes de 500 euros, “soles” a los billetes de 200 euros y “lechugas” a los de 100 euros.

NULIDAD

La defensa de Koldo García pidió ayer al Tribunal Supremo la nulidad de parte de las investigaciones que lleva a cabo el juez Puente, por entender que el Congreso sólo autorizó las pesquisas relativas a los contratos de mascarillas durante la pandemia. En concreto, García, pidió que se anule la investigación sobre el presunto amaño de contratos de obra pública y sobre el enchufe en empresas públicas de Jessica Rodríguez.

El escrito aseguraba que la investigación “debe circunscribirse estrictamente a los hechos delictivos por los que se solicitó el Suplicatorio de fecha 19 de diciembre de 2024”, es decir, a los contratos de emergencia suscritos en pandemia para el suministro de material sanitario.

Según la defensa de Koldo, el juez se excede en sus actuaciones, dado que el Congreso dio el pasado 19 de diciembre el suplicatorio para que Ábalos pudiera ser investigado por esos contratos de material sanitario “a cambio de determinados beneficios económicos”.

“La jurisdicción establece que la Cámara autoriza la persecución de unos hechos, no de una persona”, señala la defensa del exasesor que pone en tela de juicio que esa autorización pueda utilizarse “para iniciar una investigación genérica que persiga un 'muestreo' de la vida del investigado en busca de cualquier posible delito”.

A su juicio, “la extensión de la investigación a hechos no autorizados vulnera el derecho al juez ordinario predeterminado por la ley” y el derecho a la tutela judicial efectiva, razón por la cual solicita la nulidad.

(SERVIMEDIA)
16 Oct 2025
SGR/gja