Caso Koldo
El juez Puente deniega las diligencias que le pidieron Ábalos y Koldo por “inútiles y perjudiciales”
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El instructor del ‘caso Koldo’ en el Tribunal Supremo, Leopoldo Puente, ha dictados dos autos en los que deniega la práctica de una serie de diligencias de investigación solicitadas por las representaciones procesales de Koldo García y de José Luis Ábalos por considerarlas “inútiles y perjudiciales” para la causa que instruye contra ellos por varios delitos.
Además, el magistrado Leopoldo Puente ha comunicado una providencia en la que rechaza una petición de las acusaciones populares para incorporar a la causa una serie de informaciones periodísticas. “Es evidente”, dice el instructor, “que el presente procedimiento no puede nutrirse con informaciones periodísticas, (…) en la medida en que, sin demérito alguno del interés que pudieran tener las mismas en otros ámbitos, no permiten, por sí mismas, conocer ni el lugar, ni la fecha, ni el modo en que las referidas fotografías fueran tomadas. Tampoco es posible conocer la autoría de las fotos, que no se soportan tampoco explícitamente en declaración alguna”.
Y añade que si la parte “cree conocer la identidad de la persona que las realizó (habida cuenta de que el secreto profesional haría inútil traer a la causa a los profesionales de la información que las publicaron), bien podrá proponer, incluso para el acto del juicio oral, si hubiera lugar a su celebración, el testimonio de dicha persona”.
El magistrado resume que la totalidad de las diligencias de investigación pedidas por los dos investigados “se consideran aquí inútiles y perjudiciales, en la medida en que arranca la pretensión de la parte sobre un malentendido”.
El recurso de Ábalos quitaba relevancia al contenido de la auditoría interna realizada por el Ministerio de Transportes ya dirigido por Óscar Puente. Su defensa sostiene que el contenido de ese informe sólo puede considerarse “una opinión” por lo que proponen una serie de diligencias para “acreditan la pulcritud” del proceso de distribución del material sanitario.
Para acreditar esta tesis y desmontar el informe de la UCO que hablaba de “folios” en lugar de dinero contante y sonante, la defensa de Ábalos pedía que se librara un oficio al “Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana a fin de que el oficial mayor del Ministerio certifique número de folios entregados a la secretaría del ministro entre los años 2018 y 2021, período en que nuestro representado desempeñó el cargo de ministro”.
A esta petición, responde el instructor que “el objeto de esta causa especial, evidentemente, no viene determinado por el contenido del referido informe de auditoría remitido en su día por el Ministerio de Transportes”. Y entiende que es “del todo irrelevante”, saber el número de folios consumido por el entonces ministro de Transportes.
También rechaza el juez la petición de que se tome declaración como testigo al capitán de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil Juan Vicente Bonilla, para saber si le investigaron antes de que el ‘caso Koldo’ fuera público.
Puente responde que “no es obligación del investigado facilitar que el procedimiento discurra en forma razonablemente ordenada, aunque tampoco está obligado a lo contrario”. Y advierte que es su obligación cuidar de que “el buen orden” presida la investigación rechazando “cuantos intentos de lo contrario pudieran articularse, aunque solo fuera con el propósito de evitar la producción de dilaciones indebidas en el procedimiento”.
(SERVIMEDIA)
31 Oct 2025
SGR/gja


