Dana

La jueza de la dana de Valencia prorroga seis meses la instrucción por ser de "gran complejidad" y "extraordinaria gravedad"

MADRID
SERVIMEDIA

La magistrada Nuria Ruiz, que investiga la gestión de la dana del 29 de octubre de 2024, ha acordado prorrogar por seis meses el plazo de instrucción desde el próximo 30 de octubre, porque la causa es de "gran complejidad" y su objeto es de "extrema gravedad".

La prórroga es una de las cuatro decisiones comunicadas este lunes por la Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Catarroja, en las diligencias previas 692/2024, referidas a la dana de Valencia de hace dos años. En la causa, en la que se indaga si se han cometido delitos de homicidio y lesiones por imprudencia, figuran tres investigados y decenas de acusaciones personadas, entre partidos políticos, sindicatos y asociaciones de víctimas.

Junto al auto de ampliación del plazo, la instructora dictó este lunes otro auto, una providencia y una diligencia de ordenación. El segundo auto descarta que exista relación de causalidad entre los hechos investigados y la muerte de una mujer de 93 años, mientras que la providencia ordena nuevas diligencias en varias piezas de fallecimiento. Asimismo, por la diligencia de ordenación se incorporan dos informes.

El auto de prórroga, recogido por Servimedia, amplía la investigación en seis meses desde el 30 de octubre de 2026, fecha de vencimiento, de modo que la instrucción se prolongará hasta finales de abril de 2027. La jueza concluye que la causa es de "gran complejidad" y su objeto, de "extrema gravedad", y que la ampliación resulta una "medida absolutamente inevitable" para garantizar "el derecho a la tutela judicial efectiva de todas las partes".

DILIGENCIAS SIN CERRAR

La instructora enumera cinco motivos. El primero, que "ha de seguir oyéndose a perjudicados", quienes aluden "de forma frecuente" a otras personas que ostentan esa misma condición y a testigos a los que habrá de recibirse declaración. Esas comparecencias, añade, "pueden derivar en la práctica de informes médico-forenses sobre los mismos", mientras que las testificales pueden aportar datos de otros testigos.

La resolución señala también que los informes y oficios ya acordados derivan "tanto en la solicitud de nuevas pruebas documentales como en nuevas declaraciones testificales". Se subraya que "el estudio de inclusión de fallecimientos como objeto de investigación exige igualmente la prórroga", porque puede llevar a "extender la condición de perjudicados a otras personas diferentes de aquellas que instaron la solicitud".

El último motivo alude a la recuperación de los mensajes de WhatsApp y Telegram de un testigo, sobre los contactos que autorizó en relación con la emergencia del 29 de octubre de 2024. La magistrada sostiene que "no es descartable" que esa información, que llegará tras el vencimiento del plazo, "pueda fundar la necesaria práctica de algún tipo de prueba relacionada con la investigación de la causa".

El auto se apoya en el artículo 324 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, según el cual "la investigación judicial se desarrollará en un plazo máximo de doce meses desde la incoación de la causa". La ampliación la pidió el Ministerio Fiscal y la respaldaron 17 escritos presentados entre el 2 y el 11 de septiembre por PSOE, Vox, Compromís, Ciudadanos y asociaciones de víctimas, entre otros.

"LODOS Y TRASTOS"

En la segunda resolución, la jueza declara que "no existe una relación de causalidad entre los hechos objeto de la presente investigación y el fallecimiento" de una mujer de 93 años, cuyo hijo compareció el 11 de diciembre de 2025 para pedir que fuera considerada víctima de la dana. El fiscal ya había informado en contra de incluir esa muerte en la instrucción penal.

Según relató el hijo, su madre vivía en una planta baja que se llenó de agua y tuvo que subir a casa de unos vecinos. El 31 de octubre de 2024 regresó a su vivienda, que estaba llena "de lodos y trastos", se resbaló y sufrió un traumatismo craneoencefálico. Ingresó en el Hospital Peset y el 13 de noviembre fue trasladada a una residencia.

El Instituto de Medicina Legal concluye que "no se establece relación de causalidad medicolegal directa entre las lesiones traumáticas sufridas en el contexto de la DANA y el fallecimiento". La muerte se produjo sobre "un estado anterior de marcada fragilidad y grave patología cardiovascular y sistémica", tras una parada cardiorrespiratoria ocurrida unas tres semanas después del golpe.

La tercera resolución, una providencia, reclama a la Policía Local de Torrent el parte de actuación del 29 de octubre en la A-7, abre piezas de informe psicológico para valorar "daños morales y secuelas de orden psíquico" de varias madres y pide al forense un dictamen sobre otra muerte en Alginet. La diligencia de ordenación une el informe policial con los vídeos de "los rostros pixelados".

(SERVIMEDIA)
14 Sep 2026
NBC/clc