JUICIOS RAPIDOS. LOS JUECES DE INSTRUCCION DE MADRID PIDEN UN AUMENTO DE LAS RETRIBUCIONES POR GUARDIAS
- Argumentan que la reforma aumenará sus competencias y la "penosidad" del servicio
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La Junta de Jueces de Instrucción de Madrid ha pedido un aumento de las retribuciones por guardia con el argumento de que los juicios rápidos previstos en la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal que entrará próximamente en vigor aumentarán sus competencias y la "penosidad del servicio", según informó hoy en un comunicado el Decanato de los Juzgados de Madrid.
Los jueces de instrucción de Madrid advierten en su ropuesta que los juicios rápidos no pueden realizarse disminuyendo las garantías procesales de los ciudadanos ni reduciendo la atención y dedicación que cada proceso requiere.
Por tanto, los objetivos de esta reforma sólo se alcanzarán "aumentando notablemente los medios materiales y humanos dedicados al servicio de guardia".
"Si se mantienen las actuales limitaciones y no se es consciente de que es necesaria una gran generosidad de medios, el cumplimiento estricto de la reforma procesal va a serenormemente difícil, si no imposible", aseguran.
En su opinión, esa reforma exige un mínimo de siete Juzgados de Guardia, que son proporcionales al número de Juzgados de Instrucción. Añaden que la periodicidad mínima de las guardias debe ser de diez días, ya que un periodo inferior iría en detrimento de la capacidad física de quien desempeña las guardias y de la tramitación del resto de asuntos del Juzgado no afectados por la reforma.
En consecuencia, serían necesarios setenta Juzgados de Instrución para que hubiera siete de Guardia. Entre los que ya funcionan y los previstos suman cincuenta, de forma que sólo entrarán en funcionamiento cinco de Guardia. Pese a precisar que es "una mala solución". proponen que uno sea de Diligencias y otros cuatro de Detenidos.
Los jueces de Instrucción piden "un especial esfuerzo" a las administraciones públicas encargadas de dotar de medios materiales y humanos a los Juzgados y Tribunales.
Solicitan también un "mecanismo de seguimiento" que analice lasdisfunciones en los seis meses siguientes a la entrada en vigor de la reforma para realizar las modificaciones legislativas y reglamentarias necesarias y paliar las insuficiencias de medios que se adviertan.
Para ello, durante los seis primeros meses, todos los Juzgados de Guardia de detenidos remitirán un informe diario al Juzgado Decano en el que se harán constar con el suficiente detalle los juicios rápidos incoados, tanto celebrados como no celebrados, con indicación, en este último caso, de las cusas que han impedido la celebración del juicio o comparecencia.
Precisan en este punto que la celebración de juicios de faltas inmediatos "no es viable y no hace sino complicar la correcta aplicación del resto de juicios rápidos" por lo que estiman que debería tenerse en cuenta esta consideración para futuras reformas legislativas.
"La nueva Ley Procesal no se limita a establecer unas reglas de procedimiento, sino que diseña un nuevo modo y unos plazos de trabajo muy exigentes, que suponen una myor penosidad en la ya sobrecargada función de los jueces de instrucción de Madrid. Estos Juzgados van a realizar al menos una guardia más al mes y el trabajo de cada guardia va a sufrir un notable aumento, especialmente en la función judicial, dado que todas las actuaciones previstas deberán realizarse, inexcusablemente, en comparecencia ante el juez", explican.
Por este motivo, instan "una modificación inmediata del régimen retributivo del complemento de guardia que tenga en consideración la mayor pnosidad del servicio y el aumento de competencias (sentencias de conformidad) y que tenga en cuenta la distinta dedicación de los cuerpos de funcionarios y autoridades que intervienen en la misma".
(SERVIMEDIA)
17 Ene 2003
CLC