Consumidores
Un juzgado madrileño admite a trámite la demanda de OCU contra Allergan por las prótesis mamarias defectuosas
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El Juzgado de 1ª Instancia nº 89 de Madrid ha admitido a trámite la demanda de la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) contra Allergan por las prótesis mamarias defectuosas en representación de 28 mujeres afectadas y después de varios intentos “infructuosos” para obtener algún tipo de compensación para ellas.
Así lo anunció este viernes OCU en un comunicado en el que recordó que, en 2019, tras las alertas de la Agencia Española del Medicamento (Aemps) y sus homólogas francesa (ANSM) y estadounidense (FDA) sobre el riesgo de que las prótesis de mama Biocell pudieran provocar cáncer linfático, Allergan, la compañía comercializadora, las retiró del mercado.
En 2021, la organización lanzó una campaña para dar a conocer el problema y ayudar a las afectadas a reclamar y exige ahora a Allergan por vía judicial una indemnización por un total de 859.107 euros para 28 mujeres con implantes y expansores mamarios de esta marca, algunas de las cuales se los han explantado ya afrontando ellas todo el coste.
“Lamentablemente, varias afectadas han terminado desarrollando cáncer linfático, en concreto linfoma anaplástico de células grandes (LACG, también llamado ALCL por sus siglas en inglés)”, advirtió.
OCU ha puesto a disposición de las afectadas los peritos y abogados para reclamar por los modelos de prótesis afectadas y los riesgos asociados, interponer la demanda y solicitar una indemnización para aquellas mujeres que finalmente han desarrollado cáncer linfático.
“Pero también para compensar al resto de las afectadas que sufren daño moral por la amenaza y preocupación que supone el riesgo de padecer esta enfermedad”, agregó, al tiempo que indicó que, asimismo, se reclaman los gastos de retirada del implante defectuoso cuando la mujer desee realizar esta intervención.
OCU recuerda que, en una contestación de 2021, Allergan ya “reconocía de manera expresa” que las prótesis retiradas “producían efectos adversos, suponían un riesgo para las personas y estaban ocasionando lesiones personales y secuelas a las implantadas”.
“Y que, por lo tanto, sus productos no cumplían con las legítimas expectativas de seguridad. Una respuesta que activaría automáticamente su programa de garantías al tiempo que confirma que son productos defectuosos según la definición legal de la legislación española”, apostilló, al tiempo que dijo esperar ahora que la justicia “reconozca sin más dilación la indemnización solicitada para resarcir a las afectadas de los daños y perjuicios sufridos”.
(SERVIMEDIA)
07 Nov 2025
MJR/clc


