KALE BORROKA. LOS MENORES CONDENADOS POR DELITOS GRAVES DE TERRORISMO PODRAN SER INTERNADOS HASTA DIEZ AÑOS
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El pleno del Congreso aprobó hoy, con los votos de PP, PSOE,CiU y Coalición Canaria, la reforma del Código Penal y de la ley de responsabilidad penal de los menores, para endurecer el tratamiento de los condenados por delitos de terrorismo. Estos jóvenes podrán ser castigados con un máximo de ocho años de internamiento, y sólo en algunos casos podrá alcanzar los diez años.
El dictamen de la ponencia fue ya aprobado en la Comisión de Justicia e Interior y, tras su ratificación por el pleno, deberá ser sometido a votación en el Senado.
Frente al texto inicil del Gobierno, que recogía penas de hasta diez años de internamiento para menores de entre 14 y 18 años sin distinción de tramos de edad, el aprobado hoy rebaja esta pena, en consonancia con las recomendaciones formuladas en su día por el Consejo General del Poder Judicial.
Así, los menores de entre 16 y 18 años condenados por terrorismo podrán ser castigados con una pena de entre uno y ocho años de internamiento, que se podrá complementar con libertad vigilada hasta un máximo de cinco años.
Si os condenados son menores de 16 años, el internamiento podrá ser de entre uno y cuatro años, y la pena complementaria de libertad vigilada podrá alcanzar los tres años.
CASOS EXTREMOS
No obstante, el internamiento podrá llegar a los diez años en el caso de los menores entre 16 y 18 años, y a los cinco para los menores de edad comprendida entre los 14 y los 16, cuando sean condenados por más de un delito en concurrencia, y alguno de ellos esté calificado como grave y sancionado en el Código Penal conpena de prisión igual o superior a quince años.
En este último caso, el juez podrá también imponer una pena de inhabilitación absoluta, por tiempo superior de cuatro a quince años al de la duración del internamiento, atendiendo a la gravedad del delito, al número de los cometidos, y a las circunstancias que concurran en el menor.
La competencia para estos delitos recaerá en el Juzgado Central de Menores que se creará en el ámbito de la Audiencia Nacional.
Estas penas de internamiento e inhablitación se extenderán también a otros delitos graves que pudieran cometer los menores, como homicidio, asesinato, o delitos sexuales.
El texto aprobado hoy establece también la pena de inhabilitación absoluta, por tiempo superior entre seis y veinte años al de la duración de la pena de privación de libertad impuesta, para los condenados por pertenencia o colaboración con banda armada.
HUMILLACION DE LAS VICTIMAS
Asimismo, se fija la pena de prisión de uno a dos años para quienes enaltezcan o jstifiquen, por cualquier medio de expresión o difusión, los delitos de terrorismo, a quienes hayan participado en la ejecución de esos delitos, o realicen actos que entrañen descrédito, menosprecio o humillación de las víctimas o de sus familiares.
Finalmente, el texto salido del Congreso obliga al Gobierno a enviar al Congreso, en el plazo de cinco años desde la entrada en vigor de esta Ley, un informe de evaluación de sus efectos.
El dictamen contó con la oposición frontal del PNV, cuya portavo, Margarita Uría, se mostró convencida de que esta reforma no cumplirá los objetivos perseguidos, y la consideró una "torpeza" impulsada por la "emotividad" que provoca la ofensiva terrorista.
También el coordinador general de Izquierda Unida, Gaspar Llamazares, se opuso a esta reforma y acusó al Gobierno de dejar al Congreso como un mero "convidado de piedra" en la política contra el terrorismo.
(SERVIMEDIA)
30 Nov 2000
CLC