Nueva normativa

La Ley de Bienestar animal se estrena sin curso formativo ni seguro obligatorio para perros

- La norma excluye a los perros de caza y prohíbe el sacrificio de mascotas sanas

- Obliga a esterilizar y poner chip a los gatos callejeros

- Veta los circos con animales en seis meses y la venta de perros, gatos y hurones en tiendas dentro de un año

MADRID
SERVIMEDIA

La Ley de Protección de los Derechos y el Bienestar de los Animales entró en vigor este viernes, seis meses después de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), con varios flecos pendientes porque el Gobierno en funciones no está facultado para aprobar su desarrollo reglamentario.

Por ello, se posponen medidas como que los futuros propietarios de perro hagan un curso formativo, que los dueños de canes contraten un seguro de responsabilidad civil, que las mascotas estén registradas y cuáles serán las condiciones en las que pueden estar los animales que se utilicen en romerías y ferias.

"Si el Gobierno no estuviera en funciones, el desarrollo reglamentario estaría aprobado", afirmó a Servimedia el director general de Derechos de los Animales, Sergio García Torres, quien añadió que están "bastante avanzados" dos reales decretos: uno que desarrolla la propia ley de bienestar animal y otro sobre núcleos zoológicos de animales de compañía, puesto que éste también emanaría de la Ley de Sanidad Animal, de 2003. Ambas nuevas normas deben someterse a consulta pública antes de que sean aprobadas por el Consejo de Ministros.

La ley tiene entre sus objetivos principales promover la tenencia y la convivencia responsable, y luchar contra el maltrato y el abandono de animales, así como fomentar la protección de los derechos y el bienestar de los animales; impulsar la adopción y el acogimiento; desarrollar actividades formativas, divulgativas e informativas en materia de protección animal, y promover campañas de identificación, vacunación, esterilización, cría y venta responsable.

“PRIMER PASO”

Esta ley es la primera de ámbito nacional en materia de derechos y bienestar de los animales en España, puesto que esta materia hasta ahora había sido regulada en el ámbito autonómico. "A partir de hoy no se podrá sacrificar animales sanos, salvo por prescripción veterinaria. Es el eje fundamental de la norma", indicó García Torres.

"La valoración es positiva, pero siempre con la necesidad de seguir avanzando. Es un primer paso para cambiar el paradigma de la protección de los animales en niveles estatales. Quedan muchas cosas que implementar y que revisar, pero, sin lugar a dudas, es un primer paso”, subrayó García Torres.

El director general de Derechos de los Animales añadió al respecto: “El propio debate generado ha hecho que la propia ciudadanía haya aportado su sensibilidad y su reflexión, y entiende que la mayoría de las medidas son cuestiones de sentido común. Como ejemplo, en la Comunidad de Madrid es obligatorio tener un seguro de responsabilidad civil para los perros desde 2006, pero la gente no lo sabía. La ley supone un cierto despertar en la protección de los animales en nuestro país".

El texto excluye a los perros de caza, rehalas y animales auxiliares de caza, así como los animales utilizados en actividades específicas (las deportivas reconocidas por el Consejo Superior de Deportes, las aves de cetrería, los perros pastores y de guarda del ganado) y los utilizados en actividades profesionales (como los perros de rescate, animales de compañía utilizados en intervenciones asistidas o animales de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad o de las Fuerzas Armadas).

TEMAS PENDIENTES

No obstante, quedan en el tintero varios aspectos de la ley porque necesitan ser desarrollados en un reglamento aprobado por el Gobierno, pero el actual está en funciones tras las elecciones generales del pasado 23 de julio.

Ese desarrollo reglamentario debe fijar el contenido de un curso de formación gratuito para los futuros propietarios de perros y el importe de un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros que tendrán que contratar los dueños de canes, así como qué formación necesitan las personas criadoras.

No en vano, las direcciones generales de Derechos de los Animales (del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030) y de Seguros y Fondos de Pensiones (Asuntos Económicos y Transformación Digital) remitieron a diversos colectivos el pasado 18 de septiembre una nota informativa en la que aclaran que "no resulta efectivamente aplicable" la obligatoriedad de contratar y mantener en vigor ese seguro de responsabilidad civil por tenencia de perros.

La nota, a la que tuvo acceso Servimedia, indica que esa obligación se producirá cuando haya desarrollo reglamentario, salvo que "por normativa autonómica o local o por la actividad o uso donde se pueda implicar al perro se determine lo contrario".

Además, indica que "serán válidos aquellos seguros del hogar que incluyan la responsabilidad civil sobre los animales de compañía del titular del seguro" y podrá incluirse la cobertura del seguro obligatorio en el caso de personas jurídicas que sean titulares de un grupo de perros y ya tengan un seguro de responsabilidad civil para la práctica de su actividad.

Y recuerda que un real decreto de 2002 obliga a los dueños de "perros potencialmente peligrosos" a contratar un seguro de responsabilidad civil una cobertura mínima de al menos 120.000 euros.

Por otra parte, también queda pendiente cómo regular el Sistema Central de Registros para la Protección Animal, formado por los registros de entidades de protección animal, de profesiones de comportamiento animal, de animales de compañía, de núcleos zoológicos de animales de compañía y de criadores de animales de compañía.

Lo mismo ocurre con los horarios, los lugares y los medios de descanso de los animales de compañía empleados en romerías y ferias cuando hace mucho calor, así como los rangos de temperatura en los que se permitirá su uso.

Igualmente, falta por determinar aspectos relacionados con los centros públicos de protección animal (los tratamientos veterinarios mínimos y las características de los espacios para alojar gatos callejeros), obligaciones para tener algunos animales (condiciones para mantener dignamente a los que viven en jaulas, acuarios o terrarios, y cada cuánto tiempo llevar a la mascota al veterinario) y determinadas prohibiciones (qué métodos y herramientas invasivas no pueden usarse por causar daño o sufrimiento).

Tampoco se ha determinado qué cláusulas deben recoger los contratos escritos de compraventa de animales, si se puede restringir la edad de venta de algunas especies y los requisitos mínimos en el contrato de adopción que elaboren los centros de protección animal, aunque, según García Torres, estos "en la práctica ya lo hacen".

MEDIDAS EN VIGOR

Por otro lado, muchos aspectos están ya en vigor desde este viernes, entre ellos que la ley prohíbe usar animales en eventos donde se empleen elementos pirotécnicos.

La norma limita la cría a los profesionales homologados y no permite la eutanasia de animales sanos, ya que solo se autoriza para evitar el sufrimiento y a criterio de un veterinario. El texto obliga a que todos los gatos comunitarios sean identificados mediante microchip y esterilizados quirúrgicamente.

Igualmente, recoge que los municipios tendrán que determinar “lugares específicamente habilitados para el esparcimiento” de los perros, el transporte de animales destinados a actividades deportivas o lúdicas (incluida la caza) debe hacerse en buenas condiciones y el Gobierno elaborará un proyecto de ley de grandes simios.

Los ciudadanos deben comunicar a las autoridades que tienen determinados animales (concretamente artrópodos, peces o anfibios cuya mordedura o veneno pueda suponer un riesgo grave, reptiles venenosos o cualquier reptil adulto de más de dos kilos -salvo los quelonios-, primates o mamíferos silvestres adultos de más de cinco kilos).

La ley obliga a identificar con chip y esterilizar a los gatos de colonias y señala que los planes de protección civil deben tener medidas de protección de los animales.

Por último, los circos con animales quedarán prohibidos dentro de seis meses en toda España (aunque actualmente 12 comunidades autónomas no admiten esos espectáculos) y dentro de un año no se permitirá vender perros, gatos y hurones en tiendas.

(SERVIMEDIA)
29 Sep 2023
MGR/mmr